Economía

Prorrogan las contribuciones patronales de abril

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La medida de la AFIP, posterga los pagos por dos meses y alcanza al 56% de las empresas. Se instrumentó para ayudar a los sectores más afectados por la cuarentena, los que no pueden producir y/o facturar.

Prorrogan las contribuciones patronales de abril

BUENOS AIRES. La kirchnerista Mercedes Marcó del Pont escuchó de los reclamos de los empresarios, en especial los Pyme, y prorrogó por dos meses el pago de las contribuciones patronales que vencían en abril. La medida alcanza al 56% de las empresas argentinas, que emplean a más de 3,5 millones de trabajadores, detallaron en la Afip.

“El beneficio está disponible para aquellas firmas incluidas en el listado de actividades definido por la Jefatura de Gabinete de Ministros en el marco del Programa de Asistencia en la Emergencia para el Trabajo y la Producción (ATP). El único requisito para acceder que deberán cumplir quienes se encuentren comprendidos en ese listado de actividades será el de haberse registrado en el sitio web de la AFIP. Las empresas podrán inscribirse en el ATP a través del servicio web habilitado por el organismo entre el 9 y el 15 de abril”, informaron desde la AFIP.

De acuerdo con LPO, los criterios para la inclusión tenían que ver con la zona geográfica en la que se desarrollaban las actividades, la cantidad de personal en aislamiento obligatorio o con dispensa laboral, También con las firmas que acreditaban una sustancial reducción en sus ventas con posterioridad al 20 de marzo de 2020.

Postergación hasta Junio

La postergación de las contribuciones patronales que vencían en abril será informada de manera automática a las empresas una vez que se hayan inscripto en el ATP. En tanto, los pagos deberán realizarse en junio “de acuerdo al cronograma dispuesto por el organismo en la Resolución General 4693 que será publicada en el Boletín Oficial”, detalló la Afip.

En cuanto a la registración en la ATP, entre los días 9 y 15 de abril, las empresas podrán acceder el servicio web habilitado por el organismo para inscribirse en el programa de beneficios y herramientas. Los datos son necesarios para acceder a los distintos beneficios contemplados en el ATP.

Asimismo, la Afip definió extender tres días el plazo para la presentación de la declaración jurada de abril correspondiente a la seguridad social (Formulario 931). Las empresas, tanto las beneficiarias de la postergación como las que no accedan a ese mecanismo, tienen hasta el 16 de Abril, para realizar sus pagos.

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