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Precaución: la ANMAT prohibió la venta de una crema de maní

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La nueva prohibición de la ANMAT, y sus fundamentos, se conoció en la primera hora de este lunes a través del Boletín Oficial.

Precaución: la ANMAT prohibió la venta de una crema de maní

[vc_row][vc_column][vc_column_text]La nueva prohibición de la ANMAT, y sus fundamentos, se conoció en la primera hora de este lunes a través del Boletín Oficial.[/vc_column_text][vc_single_image image=”246364″ img_size=”full” alignment=”center”][vc_column_text]La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dio a conocer este lunes que prohíbe la venta, distribución y el consumo de una crema de maní.

A través del Boletín Oficial, el organismo que se dedica a controlar los medicamentos, alimentos y dispositivos médicos, hizo pública la noticia y además aportó sus fundamentos.

Se trata del producto rotulado como: “Crema de maní sin azúcar agregada, coco, RNPA Expte: 516706, Crema de maní sin azúcar agregada, proteica vainilla, RNPA Expte: 516701, Crema de maní sin azúcar agregada natural, RNPA Expte: 516696, Crema de maní sin azúcar agregada, chocolate, RNPA Expte: 516721, Crema de maní sin azúcar agregada, proteica cookies & cream, RNPA Expte: 516738, todos Marca: Hardy Alimentá tu instinto, elaborados por: Hardy Hermanos SRL – RNE: 21-113984”.[/vc_column_text][vc_column_text]Según informó la ANMAT “los productos se hallan en infracción al artículo 3° de la Ley 18284, al artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y a los artículos 6 bis, 13 y 155, por carecer de registros de producto y establecimiento, estar falsamente rotulados, resultando ser en consecuencia ilegales”.

“Que por tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el Artículo 9° de la Ley 18284”, informó el texto oficial.

Cabe señalar que hace algunos días, mediante su web oficial, el organismo informó con un comunicado: “La ANMAT informa a la población que la firma Pfizer SRL ha iniciado el retiro voluntario del mercado de un lote de la especialidad medicinal “Ibupirac/Ibuprofeno 4 g/100 ml – Suspensión – Envase por 90 ml – Certificado N° 35918“. El lote es el codificado como I258, con vencimiento 03/2020”.[/vc_column_text][vc_facebook type=”button_count”][vc_tweetmeme][/vc_column][/vc_row]

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