Las medidas se comunicaron mediante la resolución 107/2020 del ministerio de Transporte, donde se determinaron una serie de recaudos, al momento de usar este servicio.
Los trasportes podrán estar ocupados hasta un límite de 60% y se deberán sacar las cortinas.
También señalan que habrá “una ocupación máxima del 60%” y los pasajeros deberán tener el certificado que los habilite a circular y tener cubierta la nariz, boca y mentón.
Las combis no tendrán que tener cortinas o elementos de tela “que pudiesen retener el virus en su entramado, con excepción de aquellos utilizados en los tapizados de las butacas y laterales de los vehículos”.
Además, la resolución anticipó que se le pidió al “Comité de Crisis Prevención COVID-19 para el Transporte Automotor” la elaboración de “un protocolo específico para los servicios de transporte automotor urbano y suburbano de oferta libre de Jurisdicción Nacional”.