El Ministerio de Seguridad publicó el viernes el cuadro tarifario correspondiente a la nueva Tasa de Seguridad de la Aviación aplicable a los tickets de vuelos nacionales e internacionales. Lo hizo a través de la Resolución 3 y con fecha de entrada en vigencia pautada para el próximo jueves 12 de enero.
El gravamen deberá ser absorbido por el conjunto de los pasajeros que embarquen en toda aeronave comercial o no comercial, ya sea en tramos regulares, no regulares o privados.
El cálculo de valor del nuevo tributo no podrá superar el equivalente al 0,25% del sueldo básico del grado jerárquico de Oficial Principal del Escalafón General del Personal Policial de la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA), aprobado por Ley Nº 26.102 y su Decreto Reglamentario Nº 836/08 y modificatorios.
Según amplía la Resolución 3, la carga impositiva deberá ser abonada por los pasajeros que embarquen en tramos internacionales, regionales y/o de cabotaje, de aeropuertos o aeródromos, “siendo que los fondos recaudados se afectarán al cumplimiento de las disposiciones del Decreto N° 742 del 28 de octubre de 2021, ratificado por el artículo 113 de la mentada Ley N° 27.701”.
En tanto, los grupos de pasajeros que no pagará el nuevo arancel son: niños, diplomáticos y personal sanitario, militar, policial o aduanero.