Economía

Confirmado: Prorrogan el congelamiento de los alquileres hasta fin de marzo

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El Gobierno nacional dispuso aplazar del decreto que mantiene congelados los montos de alquileres y la suspensión de los desalojos hasta el 31 de marzo.

Confirmado: Prorrogan el congelamiento de los alquileres hasta fin de marzo

Finalmente, se oficializó la prórroga del congelamiento en los precios de los alquileres. En principio, la norma que regía hasta fin de enero de 2021, les daba a los inquilinos la opción de pagar el monto mensual que se abonó en marzo del año pasado y suspendió los desalojos por falta de pago. A principios de esta semana, la jefatura de Gabinete y el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat confirmaron que trabajaban en una extensión del decreto.

En ese marco, las fuentes oficiales señalaron: “la medida vigente que vence el próximo 31 de enero recae sobre los inmuebles destinados a vivienda única y que se encuentren ocupados. Asimismo, establece también la extensión de los contratos de locación cuyo vencimiento haya operado desde el 20 de marzo de 2020″.

El congelamiento de los alquileres se dispuso en marzo del 2020, en el marco de varias medidas de alivio del impacto económico de la pandemia. El primer decreto (320/2020) mantenía los precios vigentes a marzo hasta el mes de septiembre de 2020. Luego, un segundo decreto (766/2020) prorrogó la medida hasta fines de enero de este año.

La nueva normativa será publicada en el Boletín Oficial la próxima semana.

La decisión de extender el congelamiento en el precio de los alquileres y la prohibición de desalojos, fue debatida y aprobada durante la reunión que el jueves mantuvo el gabinete económico a cargo del ministro Martín Guzmán, como una de las medidas de asistencia por la pandemia del Covid-19.

Cabe aclarar que el decreto que está vigente no suspendió el pago de alquileres. Por lo tanto, en estos meses se acumuló una deuda que se deberá saldar cuando finalice el congelamiento. Sin embargo, los propietarios podrán aplicar intereses compensatorios, pero no podrán aplicar intereses punitorios ni moratorios, ni ninguna otra penalidad.

Una vez vencido el congelamiento, se prevé que los inquilinos puedan pagar en cuotas las diferencias entre lo que pagaron durante la vigencia del decreto y el valor estipulado en los contratos.

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