En su web, la AFIP explicó: “Las empresas que requieran la asistencia estatal para el pago de los salarios de noviembre ya pueden registrarse con su clave fiscal”.
En el comunicado, indicaron que para comenzar a tramitar los beneficios “estará disponible entre los días 20 y 26 de noviembre, inclusive”.
En esa línea, la entidad tributaria destacó que “el Programa ATP forma parte de las políticas implementadas por el Gobierno para amortiguar el impacto económico de la pandemia del COVID-19”.
Y aclaró: “La posibilidad de acceder a cada uno de los beneficios depende del tipo de actividad desarrollada por la empresa y/o la variación nominal en su nivel de facturación”. Además, detallaron que las “empresas que no desarrollan actividades críticas y registran una variación nominal negativa en su facturación entre los meses de octubre de 2020 y 2019 deben registrarse en la página web de la AFIP”.
Agregaron que “una vez finalizado el plazo de inscripción podrán optar entre tramitar un Crédito a Tasa Subsidiada del 27% o solicitar el REPRO II que instrumenta el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social”.
En el caso de las empresas no afectadas en forma crítica, que registran una variación nominal positiva en su facturación de 0% a 35%, los empleadores podrán solicitar un Crédito a Tasa Subsidiada del 33%. En esa misma línea, aclararon que “los créditos contarán con un período de gracia de 3 meses y el repago se realiza en 12 cuotas iguales y consecutivas.