Economía

Oficializaron los cambios en el Monotributo

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La actualización anual de los parámetros del Monotributo llega a 35,3%, el mismo porcentaje de alza que tuvieron el año pasado las jubilaciones mínimas.

Oficializaron los cambios en el Monotributo

Este miércoles, el Gobierno nacional promulgó la ley que introduce una serie de cambios en el Monotributo, que habilita un puente para los contribuyentes de las categorías más altas entre el Régimen Simplificado y el General, donde se pagan Ganancias e IVA, establece para este año las nuevas escalas de facturación y las cuotas mensuales.

La actualización anual de los parámetros del Monotributo llega a 35,3%, el mismo porcentaje de alza que tuvieron el año pasado las jubilaciones mínimas. Así lo establece el artículo 5 de la ley 27618, publicada este martes en el Boletín Oficial. Para los próximos períodos, las escalas continuarán a la nueva fórmula de movilidad jubilatoria, que se actualiza por salarios y recaudación previsional.

Los cambios en el Régimen Simplificado, sancionados por el Senado el pasado 8 de abril, habilitan a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y por única vez a encuadrar a los pequeños contribuyentes del Régimen Simplificado en la categoría que le corresponda según la nueva tabla de parámetros.

Esto es, porque los monotributistas se recategorizaron en enero pasado con los mismos parámetros que regían en 2020.

Además, la ley establece que “el pago fuera de término del importe en concepto de impuesto integrado y de las cotizaciones previsionales, correspondiente a las cuotas del Régimen Simplificado cuyo vencimiento hubiera operado entre el 1° de enero de 2021 y el mes inmediato anterior al de la nueva categorización, no dará lugar a intereses resarcitorios”-

Cómo queda la tabla de categorías y cuotas del Monotributo 2021

  • Categoría A: el límite de facturación anual es hasta ahora de $208.000 y se eleva a poco más de $282.400. La cuota mensual pasa a $ 2645,90 tanto para los que los servicios como para los productos.
  • Categoría B: el tope sube de $313.108,89 a $423.611,07 y las cuotas pasan de $ 2186,80 a $2958,61 para servicios y bienes.
  • Categoría C: la facturación pasa de $417.478,51 a $564.814,77 y las cuotas suben a $3382,27 para servicios y de $3325,12 para venta de cosas muebles.
  • Categoría D: el monto máximo sube a $847.222,18. Las cuotas para servicios pasan a $3988,48 y para bienes será de $3894,37.
  • Categoría E: el límite máximo será de $1.129.629,52. Los pagos mensuales serán de $5239,05 en servicios y de $4711,18 en bienes.
  • Categoría F: el máximo de facturación será de $1.412.036,93, con cuotas de $6271,06 para servicios y de $5417 en bienes.
  • Categoría G: el tope de ingresos asciende a $1.694.444,31, en tanto las cuotas aumentan a $7314,44 para servicios y a $6167,83 para bienes.
  • Categoría H: la más alta para quienes vendan servicios pasa a un tope de $2.353.394,87. Los pagos mensuales serán de $12.788.94 en el rubro servicios y de $10.670,66 en bienes.
  • Categoría I: el máximo de facturaciónsube a $2.765.238,99 y las cuotas mensuales serán de $15.339,22.
  • Categoría J: el máximo pasa a $3.177.083,09 y la cuota mensual será de $17.616,61.
  • Categoría K: el tope se incrementa a $3.530.092,33, y la cuota mensual se irá a $19.912,24.

En el caso de los monotributistas que se excedieron en la facturación en hasta 25% tienen la opción de quedarse en el Régimen Simplificado, abonando un monto adicional y pasando a la categoría correspondiente. Si durante el período, el contribuyente se pasó en forma voluntaria al régimen general y obtuvo, desde entonces, ingresos superiores de hasta un 25% más que el tope de la categoría máxima del régimen simplificado puede volver a ser monotributista.

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