Economía

Para las ART, el Covid deja de ser una enfermedad laboral

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La medida que contaría con el aval del gobierno de Alberto Fernández y Cristina Kirchner, comenzará a regir a partir del 1 de Enero. Se mantiene la cobertura para el personal de Salud y Fuerzas de Seguridad.

Para las ART, el Covid deja de ser una enfermedad laboral

BUENOS AIRES. A partir del 1 de enero, las Aseguradoras de Riesgos de Trabajo (ART) dejarán de considerar que el coronavirus (Covid-19) es una enfermedad laboral para la mayor parte de los trabajadores. Sólo continuará la presunción para quienes se desempeñan en el sector de salud y para los miembros de fuerzas de seguridad federales y provinciales que cumplan servicio efectivo.

De acuerdo con Clarín, el trabajador que contraiga Covid en su ámbito de trabajo, deberá reclamar y demostrar ante las Comisiones médicas del sistema la relación causal directa e inmediata de la patología con su actividad laboral. Así lo plantearon en el sector de las ART.

No eliminan la cobertura, pero ya no será una enfermedad laboral presuntiva

Hasta este viernes 31 de diciembre se considera al COVID “presuntivamente una enfermedad de carácter profesional -no listada-… respecto de la totalidad de las trabajadoras y los trabajadores dependientes incluidas e incluidos en el ámbito de aplicación personal de la Ley N° 24.557 sobre Riesgos del Trabajo y que hayan prestado efectivamente tareas en sus lugares habituales, fuera de su domicilio particular”. Y correspondía a las ART demostrar lo contrario.

La “presunción” significaba que los trabajadores recibían la cobertura bajo el supuesto de que era una enfermedad laboral. En el caso de fallecimiento del trabajador, el beneficio también alcanzaba a los familiares derecho-habientes.

Pero, a partir del sábado 1 de Enero del 2022, “en el caso que el trabajador entienda que su contagio fue en el ámbito laboral podrá acudir a las Comisiones Medicas por el trámite de reconocimiento de enfermedad profesional no listada, que está previsto en el decreto 1278/00. No es que quedan absolutamente sin cobertura sino que queda abierta esa vía pero bajo el estudio de caso a caso”, dijeron fuentes oficiales a Clarín.

La tarea de demostrar la relación causal entre contagio y trabajo

¿Cómo demostrar la relación causal directa entre trabajo e infección de Covid? Una forma es verificar que existe un número relevante de infectados en el lugar de trabajo. Otra forma es constatar que el contagio ocurrió en cumplimiento de tareas esenciales. O bien, durante tareas exceptuadas de cumplir con las restricciones vinculadas a la cuarentena.

En los casos en que el trabajador combina tareas por teletrabajo y en su lugar habitual de trabajo, se considera si en los días previos al resultado positivo del Covid trabajó en forma presencial en el establecimiento habitual de trabajo.

Además, por esta cobertura hubo un aumento de la cuota mensual que pagan las empresas a las ART (de $ 0,60 a $ 49,98 última actualización a octubre) porque las prestaciones médicas y el dinero por el Covid son cubiertas en un 100% por el Fondo fiduciario de Enfermedades Profesionales del sistema.

En consecuencia, “aquellas denuncias que ingresen con fecha de primera manifestación invalidante igual o posterior al 01/01/2022 serán rechazadas, dado que a partir de dicha fecha nos encontramos ante una enfermedad considerada de carácter inculpable (no relacionada con el trabajo), excepto las que pertenezcan a trabajadores de la salud o fuerzas de seguridad”, señalaron desde Prevención ART del grupo SanCor Salud.

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