Nacionales

El lunes comienza una nueva etapa de restricciones

cargando anuncio

Así lo establece el último decreto de necesidad y urgencia (DNU) 334, publicado el 22 de mayo, que además estableció que el próximo fin de semana -5 y 6 de junio- se volverá al aislamiento estricto.

El lunes comienza una nueva etapa de restricciones

El aislamiento estricto por nueve días establecido por el gobierno nacional para bajar los contagios de coronavirus finaliza este domingo. A partir del lunes 31 y hasta el viernes 11 de junio, se repone el esquema anterior, con actividades diferenciadas según el semáforo epidemiológico en todo el país.


Siguiendo los parámetros del proyecto de ley enviado al Congreso nacional, en el DNU 287 publicado el 1 de mayo se dividió a todo el país en cuatro categorías, según la según la incidencia, razón y ocupación del sistema sanitario: bajo riesgo, medio riesgo, alto riesgo y alarma epidemiológica y sanitaria.

Foto: Télam

Para las zonas de “alto riesgo” (de más de 40.000 habitantes – Indicadores: a) RAZÓN: MAYOR A 1.20 y b) INCIDENCIA: MAYOR A 150 c/ 100.000 habitantes), las restricciones son las siguientes:

– se suspenden actividades sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados, así como las reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 10 personas

– se suspende la práctica recreativa de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de 10 personas

– se cierran casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta.

– se establece el cierre de los bares y restaurantes a partir de las 23hs

– se prohíbe la circulación entre las 00.00 y las 06.00 de la mañana de cada día

– se establece un aforo de 30% para eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos, cines, teatros, clubes, centros culturales y afines; locales gastronómicos; gimnasios.

Finalmente, para las zonas de “riesgo medio” (de más de 40.000 habitantes – Indicadores: a) RAZÓN: 0.8 a 1.2 e b) INCIDENCIA: entre 50 a 150 casos c/ 100.000 habitantes), se establece que “es facultad y responsabilidad de gobernadores/as adoptar en forma temprana medidas que disminuyan la circulación para prevenir los contagios”.

Comentarios