
La modificación hecha a través
de un decreto “se realizó teniendo en cuenta recomendaciones internacionales
para poder tener un registro oportuno de los cambios fisonómicos de los menores
que ayudará a fortalecer los controles de frontera”, señaló el organismo en un
comunicado.
Además, decidió que todos los pasaportes ya expedidos serán
válidos hasta su fecha de vencimiento.
También se estipuló que los pasaportes para personas
apátridas y refugiadas aumentarán su período de vigencia de uno a dos años.
“De esa manera, Argentina compatibiliza su legislación con la
Convención sobre el estatuto de los Refugiados de 1951 y la Convención sobre el
estatuto de los Apátridas de 1954”, explicó el parte oficial.
Asimismo, se estableció que el Registro Nacional de las
Personas emitirá pasaportes excepcionales con una validez de dos años a los
ciudadanos extranjeros que “acrediten cuestiones humanitarias o de fuerza
mayor, independientemente si tienen representación consular en nuestro país”.
Otra de las modificaciones es que a partir de esta decisión
todas las personas extranjeras que quieran tener pasaporte argentino deberán
realizar la nacionalización, que consta de un trámite administrativo o judicial
dependiendo de si son familiares directos de ciudadanos argentinos o no.
Hasta el momento, el Estado Nacional estaba obligado a emitir
el documento de viaje argentino a extranjeros con o sin representación consular
en nuestro país, así como también a cónyuges, viudos e hijos extranjeros
menores de edad de ciudadanos argentinos, sin estar nacionalizados.