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Programa Registradas: Cuáles son los requisitos para acceder al plan

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Se trata del Programa Recuperación Económica, Generación de empleo e Inclusión Social de las Trabajadoras de Casas Particulares (Registradas). Habrá un subsidio estatal temporal y de hasta la mitad del sueldo de la empleada que se formalice.

Programa Registradas: Cuáles son los requisitos para acceder al plan

Este lunes, el Gobierno anunció un plan para regularizar a trabajadores de Casas Particulares. Forma parte del combo de “buenas noticias” de la administración de Alberto Fernández hacia las elecciones legislativas de noviembre.

Acerca del Programa Registradas para las trabajadoras domésticas

Durante 6 meses consecutivos, el Estado pagará entre 30% y 50% del salario de la trabajadora de Casas Particulares, con carga de 12 horas semanales o más, que sea formalmente registrada ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

El beneficio, como sucede con el programa Repro II, se depositará directo en la cuenta de la trabajadora, que se abrirá de manera gratuita en el Banco Nación.

El monto de la asistencia estatal dependerá de la carga horaria laboral y el salario. Puede llegar hasta $15.000 mensuales, según informó la ministra de Mujeres, Género y Diversidad, Elizabeth Gómez Alcorta.

En tanto, el empleador completará la remuneración correspondiente, de acuerdo con las escalas salariales vigentes, los aportes jubilatorios, cobertura de salud y riesgos laborales (ART). El Estado verificará esos pagos sobre la misma cuenta del BNA.

Qué beneficios para el empleador tiene el Programa Registradas

Slo podrán acceder quienes contraten personal nuevo o bien regularicen la situación contractual.

A cambio del subsidio de hasta la mitad del salario por seis meses, el empleador deberá comprometerse a mantener al personal, al menos cuatro meses después de finalizado el incentivo.

El subsidio estará determinado por el ingreso de la trabajadora doméstica, según el siguiente parámetro:

  • 50% de la remuneración neta mensual mínima del personal doméstico cuando la parte empleadora tenga un ingreso bruto de menos de $117.374 por mes (70% del piso de Ganancias).
  • 30% de la remuneración neta mensual mínima cuando el empleador tenga ingresos superiores a $117.374 brutos mensuales.
  • Para solicitar el beneficio, durante los 12 meses anteriores a la entrada en vigencia del decreto, el empleador debe haber percibido en promedio mensual ingresos brutos de cualquier naturaleza iguales o inferiores al mínimo no imponible del impuesto a las Ganancias ($175.000).
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