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¿Qué diferencia hay entre nulo, afirmativo, en blanco e impugnado?

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Estos son los tipos de votos que se pueden emitir en estas elecciones generales del 27 de octubre.

¿Qué diferencia hay entre nulo, afirmativo, en blanco e impugnado?

Según el Código Nacional Electoral, los tipos de votos son:

Voto afirmativo (válido): todo aquel que se emite con boleta oficializada de una misma agrupación para todas las categorías. Además, por supuesto, cuando para cada categoría de cargo se eligen boletas oficiales de cada partido.

Voto en blanco (válido): en este caso es cuando el sobre está vacío o tiene un trozo de papel de cualquier color sin inscripciones. Por otro lado, el voto en blanco se suma si, en alguna categoría no se presenta boleta.

Voto de identidad impugnada: es un voto sobre el cual el presidente de mesa o los fiscales consideran que el votante ha falseado su identidad.

Voto nulo: es aquel que se emite con una boleta no oficial o cuando se emiten con inscripciones o imágenes inadecuadas.

Voto recurrido: es aquel cuya validez o nulidad es cuestionada por algún fiscal presente en la mesa. El fiscal necesita argumentos contundentes para que sea recurrido.

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