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Rechazaron la cautelar contra el DNU que declaró a la telefonía servicio público esencial

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La Justicia rechazó este viernes un planteo de Telecom para suspender la vigencia del decreto de necesidad y urgencia que declaró servicios públicos esenciales y estratégicos a la telefonía móvil y fija, internet y TV por cable y estableció una prestación básica universal y obligatoria.

Rechazaron la cautelar contra el DNU que declaró a la telefonía servicio público esencial
Foto ilustrativa vía Telam

La decisión fue del juez en lo contencioso administrativo federal Walter Lara Correa, quien se negó a dictar una medida cautelar contra la entrada en vigencia de esta norma y resoluciones vinculadas con los aumentos de tarifa.

Habiendo sido ratificado el reglamento cuestionado por la Cámara Alta, no puede tenerse por acreditada la verosimilitud del derecho invocada por la accionante”, concluyó el juez respect al decreto de necesidad y urgencia 690.

En el fallo se refirió así a la resolución 95/2020, mediante la cual el Senado de la Nación determinó la validez del Decreto.

Además, el magistrado descartó la existencia de “peligro en la demora” invocado por Telecom y uno de los requisitos para dictar este tipo de medidas, previas a la sentencia definitiva en una demanda.

El DNU fue dictado “en oportunidad que se encontraba vigente el ‘Aislamiento social, preventivo y obligatorio’, es decir en un contexto donde la única forma de conexión interpersonal era a través de los TIC”. y en el marco “de crisis sanitaria y social” por la pandemia de coronavirus, remarcó la sentencia de primera instancia.

Tanto el decreto como dos resoluciones del Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) también cuestionadas por Telecom, las 1466 y 1467, “fueron dictadas en el marco de la pandemia mundial del SARV-COV-2 que produjo una crisis mundial, que afectó a todos los ciudadanos, por ello la finalidad del régimen mencionado es la protección del ejercicio de publicar ideas; de profesar libremente el culto; de enseñar y aprender; conectar, comunicar -entre otros derechos-, es decir garantizar los derechos humanos”.

Telecom pidió dictar una medida cautelar contra el Gobierno Nacional y el Enacom, para suspender la aplicación de los artículos 1, 2, 3, 4, 5 y 6 del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 690/20.

La empresa consideró que “resultan nulos de nulidad absoluta” por “inconstitucionales”.

Al desestimar el planteo, el juez advirtió que “no debe confundirse la tutela cautelar con la declaración del derecho en el proceso principal”.

Por su parte, el Enacom sostuvo ante la Justicia que “las disposiciones incluidas en las mentadas resoluciones importan la razonable implementación de un segmento de las políticas públicas diseñadas para el sector comunicacional”.

Asimismo resaltó “la importancia que los servicios TIC han adquirido en la actualidad, fundamentalmente a partir de los condicionamientos a las relaciones sociales impuestas por la pandemia causada por el patógeno SARS-Covid 19, impactando en las prestaciones de esos servicios tecnológicos en todos los órdenes de la realidad social, cultural y económica de nuestra sociedad”.

La Prestación Básica Universal (PBU) para servicios “Triple Play” que dispuso el decreto fija planes entre 150 y 700 pesos por mes para sectores vulnerables, y tiene fecha de inicio en enero de 2021.

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