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Media sanción a proyecto de urbanización de villas

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La iniciativa de Cambiemos busca expropiar los inmuebles donde hay más de cuatro mil barrios populares, villas y asentamientos. La norma fue apoyada por la oposición en su conjunto.

Media sanción a proyecto de urbanización de villas

[vc_row][vc_column][vc_column_text]La iniciativa de Cambiemos busca expropiar los inmuebles donde hay más de cuatro mil barrios populares, villas y asentamientos. La norma fue apoyada por la oposición en su conjunto.[/vc_column_text][vc_media_grid element_width=”3″ grid_id=”vc_gid:1530790399390-543e3965-4c78-3″ include=”153928,153929,127853,58445″][vc_column_text]CAPITAL FEDERAL. Con apoyo de toda la oposición, la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley para regularizar el dominio de más de cuatro mil barrios populares, villas y asentamientos de todo el país. La iniciativa, de especial interés para la agenda social del Gobierno, comenzó a debatirse pasadas las 22 y fue aprobada a las 2.26, al cabo de más de 14 horas de sesión. El resultado fue: 194 votos a favor.

El proyecto presentado originalmente por los oficialistas Mario Negri, Nicolás Massot y Elisa Carrió apunta a declarar de utilidad pública y sujetos a expropiación los inmuebles donde están asentados los barrios populares -que en un alto porcentaje son tierras privadas-, con participación obligatoria de las provincias y municipios involucrados. Sólo serán alcanzados los barrios ya relevados e identificados en el RENABAP (Registro Nacional de Barrios Populares en Proceso de Integración Urbana) y cuya propiedad no sea del Estado Nacional.

El presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales, Pablo Tonelli, destacó que “el propósito de este proyecto es sumamente ambicioso” ya que “regularizar el dominio significa que las personas que viven en estos barrios y que han construido sus casas van a acceder finalmente a la propiedad y a la parcela que ocupan, con todas las de la ley”.

Según el legislador del Pro, “al cabo de un tiempo” se busca que “no haya más barrios populares en los cuales sus habitantes no sean propietarios de la casa que habitan y la parcela en la que han construido”, y “ese objetivo implica lograr una mejora sustancial en la calidad de vida de los que menos tienen”.

Tonelli recordó que la definición de barrios populares contempla que haya “un mínimo de ocho familias agrupadas o contiguas, donde más de la mitad de población no cuente con título de propiedad del suelo ni con acceso regular al menos dos de los servicios básicos: red de agua corriente, red de energía eléctrica con medidor domiciliario o red cloacal”.

A su turno, el radical Fabio Quetglas sostuvo que “este es el punto de partida de una política de dignificación y construcción de ciudadanía”, y elogió el RENABAP, al señalar que “es un recurso útil para sostener una política de hábitat digna”.

En el marco del prolongado debate, el sanjuanino Walberto Allende (Todos Juntos por San Juan) hizo una referencia precisa, al advertir que muchos oradores hablaban del acceso de la gente a “vivienda digna”, cuando en rigor la ley establece la “regularización dominial”. Por eso pidió no generar “falsas expectativas” por una norma que debe ser interpretada como el acceso al título de propiedad de las tierras ocupadas.

El sujeto expropiante será la Agencia de Administración de Bienes del Estado, que junto al Ministerio de Desarrollo Social deberá celebrar acuerdos con las provincias, los municipios y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el objeto de transferir los bienes inmuebles que estén bajo su titularidad.

La redacción original establecía que en caso de falta de acuerdo, el Poder Ejecutivo Nacional estaría facultado a proceder a la expropiación abonando los montos que determine el Tribunal de Tasaciones de la Nación. Sin embargo, ese artículo se modificó en comisiones, de manera que nada pueda hacerse sin el acuerdo de las tres partes.

Todos los gastos que se deriven de los convenios “serán afrontados en partes iguales por las jurisdicciones firmantes”. Pero además, se autoriza al PEN a crear un fideicomiso “con el objeto de financiar la totalidad de las actividades que resulten necesarias para llevar adelante el objeto de la ley”.

Otro aspecto relevante, indicó Tonelli, es la suspensión de los eventuales desalojos que puedan estar en curso mientras se desarrolla el proceso de regularización dominial.[/vc_column_text][vc_facebook type=”button_count”][vc_tweetmeme][vc_column_text]

Parlamentario/gw.

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