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Iguazú: autopsia reveló que Belén fue asesinada

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Luego de las pericias forenses, este lunes quedó descartada la hipótesis de muerte por una sobredosis de drogas. Se determinó que la adolescente estaba embarazada y fue estrangulada. La causa viró rápidamente hacia un femicidio y hay un hombre detenido.

Iguazú: autopsia reveló que Belén fue asesinada

[vc_row][vc_column][vc_column_text]Luego de las pericias forenses, este lunes quedó descartada la hipótesis de muerte por una sobredosis de drogas. Se determinó que la adolescente estaba embarazada y fue estrangulada. La causa viró rápidamente hacia un femicidio y hay un hombre detenido.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_single_image image=”98828″ img_size=”full” add_caption=”yes” alignment=”center”][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_column_text]La autopsia practicada este lunes en el cadáver de María Belén R., de 16 años arrojó que la adolescente falleció por un estrangulamiento. Además cursaba un embarazo de entre seis y siete meses. En la causa, quedó detenido un sospechoso llamado Carlos Daniel B., de 23 años.

El cuerpo de la chica fue encontrado el domingo a pocos metros de una cabina de taxis en Iguazú. La principal hipótesis fue que falleció por una sobredosis de drogas, sin embargo este lunes la autopsia reveló que fue asesinada.

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En una conferencia de prensa, el juez de la causa, Martín Brítes detalló que el deceso se produjo por “asfixia por estrangulamiento” y que debajo de las uñas de la víctima encontraron restos de piel y cabello. Ese material servirá para un cotejo de ADN.

Ahora la carátula cambió de “muerte dudosa” a “homicidio”. Sin embargo si se comprueba que existió violencia de género, será considerado un femicidio.

Cabe recordar que la ley establece la reclusión perpetua o condena perpetua a quien matare a una mujer, cuando el hecho sea perpetrado por un hombre mediante violencia de género, pero también a quien asesine “a su ascendiente, descendiente, cónyuge, o la persona con quien mantenga, haya mantenido o haya infructuosamente pretendido iniciar una relación de pareja, mediare o no convivencia”. Será castigado con igual pena quien matare por “placer, codicia, odio racial, religioso, de género o de orientación sexual” o quien matare a un tercero “con el propósito de causar sufrimiento a una persona con la que mantiene o ha mantenido una relación de pareja”.

vb[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_facebook type=”button_count”][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_tweetmeme][/vc_column][/vc_row]

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