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Advierten que se debe limitar las reelecciones indefinidas en municipios

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El ex presidente del Cademis, Rodrigo Bacigalupi se refirió a las Cartas Orgánicas que se definen en municipios del interior de Misiones, y pidió que no se cometa el “error” de Posadas, donde el alcalde puede perpetuarse en el poder y los ediles sólo pueden aspirar a un mandato.

Advierten que se debe limitar las reelecciones indefinidas en municipios

[vc_row][vc_column][vc_column_text]El ex presidente del Colegio de Abogados de Misiones, Rodrigo Bacigalupi se refirió a las Cartas Orgánicas que se definen en municipios del interior de Misiones, y pidió que no se cometa el “error” de Posadas, donde el alcalde tiene la posibilidad de perpetuarse en el poder y los ediles sólo pueden aspirar a un mandato.[/vc_column_text][vc_column_text]POSADAS. El ex presidente del Colegio de Abogados de Misiones (Cademis) y ex vicepresidente de la FACA (Federación Argentina de Colegios de Abogados) Rodrigo Bacigalupi opinó sobre la formulación de las Cartas Orgánicas en municipios misioneros que en las elecciones de Octubre, definirán a los convencionalistas que definirán las normas comunales. En diálogo con el programa “El Foro” que se transmite por MisionesCuatro, el abogado constitucionalista expresó que sería importante que en las Cartas Orgánicas que se definan después de Octubre, no se cometan los mismos errores que se dieron en la Carta de Posadas, que limita a un mandato a los ediles y avala las reelecciones indefinidas para los alcaldes. Además, Bacigalupi opinó que las comunas deberían definir la no adhesión a la Ley de Lemas, para garantizar que los votos de los electores vayan efectivamente al candidato elegido. “Esto generaría un revuelo en la provincia pero permitiría a la Justicia fallar sobre qué norma tiene supremacía. (En Misiones), se permite que una ley electoral de inferior jerarquía, se aplique por encima de las constituciones provincial y nacional”, fustigó el abogado, que calificó de nefasto el sistema de representación indirecto de la Ley de Lemas.

El abogado explicó que la definición de las cartas orgánicas, “sería una manera de ejercer la autonomía municipal”, puesto que las mismas, definen “los derechos de los ciudadanos y la organización del poder dentro del municipio. La Carta Orgánica debe respetar la Constitución Nacional, esencialmente el principio republicano del gobierno”, comentó. “Nuestra constitución provincial establece que los municipios de primera, con más de 10 mil habitantes, puedan dictar su carta orgánica”, detalló Bacigalupi, añadiendo que en el caso de los municipios más pequeños, de segunda y tercera categoría, “se rigen por la antigua ley provincial 257”.[/vc_column_text][vc_media_grid element_width=”3″ grid_id=”vc_gid:1503941126691-b1d7e1aa-4d81-4″ include=”70984,70848,73427,127161″][vc_column_text]Respecto de las cartas orgánicas que se van a discutir con la elección de los convencionalistas en alrededor de 15 municipios del interior, Bacigalupi pidió “no cometer el mismo error que se cometió en Posadas. Cuando se habla de la periodicidad de los cargos, carácter republicano (de la alternancia en el poder), nuestra constitución provincial debe ajustarse a la Constitución Nacional y también las cartas orgánicas. Necesariamente deben limitarse los periodos en los cargos públicos a no más de un periodo. La peculiaridad en Posadas es que los concejales no pueden renovar sus cargos pero el intendente puede perpetuarse en el poder, porque la Carta Orgánica no le impone límites”, sentenció el abogado, que no dudó en advertir que la carta posadeña, “no cumple ni con la Constitución Nacional ni con la provincial”.

Asimismo Bacigalupi advirtió que dados los escasos conocimientos de educación cívica con los que egresan los estudiantes secundarios, hay un profundo desconocimiento de los derechos de los ciudadanos y del funcionamiento institucional de las comunas, por lo que “la ciudadanía no está preparada para dar este debate” de las Cartas Orgánicas. Y en este sentido, el abogado advirtió que “hay tiempo (para informar a la ciudadanía) pero no hay interés en que se sepa qué es lo que están haciendo”.

En otro tramo saliente de la entrevista, Bacigalupi atacó el problema de la Ley de Lemas que rige en Misiones desde hace décadas y permite el corrimiento de la representación por el voto indirecto, donde los sufragios de los distintos sublemas terminan favoreciendo al candidato más votado del lema más votado.

Los constitucionalistas de las comunas que definirán sus cartas orgánicas, “¿qué van a hacer respecto de la idea nefasta de la ley de lemas? En Eldorado, una persona con menos votos llega al poder (en 2011, el alcalde renovador Norberto Aguirre se impuso al candidato más votado, Gustavo González) Esto viola la constitución nacional y la provincial”, advirtió Bacigalupi recordando que la carta magna provincial establece que el candidato que acceda a un cargo debe imponerse por simple pluraridad de sufragios –es decir, por obtener más votos. La Ley de Lemas “viola el sistema representativo de la Constitución”.

“Podrían definir que en este municipio no se aplica la ley de lemas. Esto generaría un revuelo a nivel provincial pero permitiría a la Justici fallar sobre qué norma tiene supremacía”, subrayó el profesor universitario. En Misiones, se permite que una “ley electoral de inferior jerarquía se aplique por encima de las constituciones provincial y nacional”, remató Bacigalupi.

Cabe recordar que la reelección indefinida que beneficia a algunos intendentes del interior de Misiones –tales son los casos de Aguirre y sus pares Ernesto Friedrich (Caa Yarí) y Juan Carlos Ríos (Campo Viera)- es un viejo sueño del conductor de la Renovación, Carlos Rovira, que impulsó una modificación de la Constitución Provincial en 2006. El jerarca de la Legislatura perdió aquel plebiscito vinculante pero desde el año siguiente se instaló como presidente de la Cámara de Representantes, cargo que revalida año a año desde entonces –con la mayoría oficialista y el apoyo de partidos menores como el PAyS.

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