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Buenos Aires implementará restricciones por aumento de casos de Covid-19

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Desde el miércoles quedarán prohibidas todas las actividades recreativas de 2 a 6 y se limitaron a un tope de 10 personas en las reuniones sociales.

Buenos Aires implementará restricciones por aumento de casos de Covid-19
Ministro de Salud bonaerense Daniel Gollan

Debido a la suba de contagios de coronavirus, el gobierno de la provincia de Buenos Aires comunicó una serie de restricciones para tratar de contener los casos de la enfermedad previo a Semana Santa, fecha en la que se espera que haya una gran circulación de gente por el turismo.

De esta manera, desde el miércoles se suspende la actividad nocturna de 2 a 6 y se limita a diez personas las reuniones de actividades sociales, recreativas y familiares. Estas medidas regirán para los 110 distritos que se encuentran en Fase 4.

Por su parte, el ministro de salud bonaerense Daniel Gollan habló en conferencia de prensa de una “explosión de casos” de Covid-19 que advirtió que “demandará más camas pronto”. Sostuvo que si se mantiene la progresión de contagios “se puede poner en jaque todos los sistemas sanitarios, aún con todo el esfuerzo que se hizo”.

A su vez, las restricciones nocturnas serán para las actividades comerciales, artísticas, deportivas, culturales, sociales y recreativas. Quedarán exceptuadas de esta restricción horaria las actividades productivas de carácter manufacturero, agropecuario y todas aquellas definidas como esenciales.

Por otro lado, los integrantes del Comité Operativo de Emergencia Covid-19 de la Provincia trabajan en la revisión de las actividades y restricciones a la circulación incluidas en la Fase 3, para el eventual caso de que sea necesario reestablecerla ante un aumento mayor del número de casos de la enfermedad.

Al mismo tiempo, anunció la eximición de la presencialidad para los estatales bonaerenses, a través de la Resolución 894 publicada en el Boletín Oficial provincial. Siempre quedando exceptuados los que hayan sido convocados “para garantizar servicios y actividades esenciales y/o no interrumpibles, siempre que su prestación, por su naturaleza, no pueda ser brindada desde el lugar de residencia”.

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