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Corrupción: oficialismo logró ley que pena a empresas

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La Cámara de Diputados sancionó ayer el régimen de responsabilidad empresaria para cumplir con el requisito de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), que exigió una norma contra la corrupción respecto a las personas jurídicas.

Corrupción: oficialismo logró ley que pena a empresas

[vc_row][vc_column][vc_column_text]La Cámara de Diputados sancionó ayer el régimen de responsabilidad empresaria para cumplir con el requisito de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), que exigió una norma contra la corrupción respecto a las personas jurídicas.[/vc_column_text][vc_single_image image=”142823″ img_size=”full” alignment=”center”][vc_column_text]El proyecto, que venía en segunda revisión del Senado -realizó varias modificaciones-, logró 144 adhesiones de oficialistas y opositores -el massismo salvó la votación, que en la previa casi se cae por falta de quórum-, seis rechazos y 31 abstenciones del kirchnerismo, que jugó a que fracasara el encuentro en el recinto.

La ley plantea que serán penados los delitos de cohecho; tráfico de influencias nacional o transnacional; las negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas; la concusión -uso de cargo para hacer pagar a una persona una contribución que no le corresponde-; y el enriquecimiento ilícito de funcionarios y empleados. También se agregaron los balances e informes falsos agravados.

Además, el texto sancionado establece que la acción penal respecto de las personas jurídicas prescriba a los seis años de la comisión del delito o, si éste fuese continuo, del momento en que cesó de cometerse.

En tanto, las personas jurídicas serán responsables por delitos “que hubieren sido realizados, directa o indirectamente, con su intervención o en su nombre, interés o beneficio”, o en el caso que fuera “un tercero que careciere de atribuciones para obrar en representación de ella, siempre que la persona jurídica hubiese ratificado la gestión, aunque de manera tácita”.

Las personas jurídicas sí quedarán exentas de responsabilidad cuando “si la persona humana que cometió el delito hubiere actuado en su exclusivo beneficio y sin generar provecho alguno para aquella”, según marca la ley sancionada ayer.

Por otra parte, se impondrá un pago de entre dos y cinco veces el beneficio indebido obtenido; suspensión total o parcial de actividades, que en ningún caso podrá exceder de 10 años; mismo período para participar en concursos o licitaciones estatales de obras o servicios públicos o en cualquier otra actividad vinculada con el Estado; disolución y liquidación de la personería cuando hubiese sido creada al solo efecto de la comisión del delito, o esos actos constituyan la principal actividad de la entidad; pérdida o suspensión de los beneficios estatales que tuviere; y la publicación de un extracto de la sentencia condenatoria a costa de la persona jurídica.

También habrá exención de pena para quien “espontáneamente haya denunciado un delito previsto como consecuencia de una actividad propia de detección e investigación interna”; o “implementado un sistema de control y supervisión con anterioridad al hecho del proceso” ; o quien “hubiere devuelto el beneficio indebido obtenido”.

Otro artículo permitirá que la persona jurídica y el Ministerio Público Fiscal puedan celebrar “un acuerdo de colaboración eficaz, por medio del cual aquella se obliga a cooperar a través de la revelación de información o datos precisos, útiles y comprobables para el esclarecimiento de los hechos, la identificación de sus autores o partícipes o el recupero del producto o las ganancias del delito”, que “podrá celebrarse hasta la citación a juicio”. Un agregado importante que realizó el Senado y Diputados ratificó: no existe motivo para que una pyme que cometió un delito no sea sancionada por su actuar ilícito.

Durante la discusión en el recinto, el aliado massista Juan Bruggë aseguró que la “ley no es tan buena ni tan mala, pero tiene imperfecciones, porque se le han sacado buenos institutos que tenía el proyecto votado en Diputados”. Anteayer, el legislador cordobés advirtió a Ámbito Financiero que “los jueces se pueden llegar a encontrar con varias incompatibilidades” una vez reglamentada la ley.

Por su parte, el ultrakirchnerista Tailhade reconoció que lo aprobado por el Senado “es mejor, pero insuficiente”, mientras que el peronista Javier David destacó la necesidad de “dar muestras claras de que desde aquí luchamos con herramientas válidas para que no haya ni funcionarios corruptos ni empresas corruptas ni gente que robe plata a los argentinos”.

Antes del debate sobre responsabilidad penal empresaria, los diputados sancionaron -por unanimidad, con 215 votos- la ley que impide los desalojos de tierras ocupadas por pueblos originarios, que vence a fines del corriente mes.

El objetivo de la nueva prórroga es terminar -tras años de siesta durante el kirchnerismo y poca actividad durante el macrismo- con el relevamiento de tierras que le corresponde al Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) del Ministerio de Justicia.[/vc_column_text][vc_facebook type=”button_count”][vc_tweetmeme][vc_column_text]Ámbito / vm.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row]

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