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“Ya no hay otra opción que rever la Aduana Interna”

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Así opinó Rolando Coco Gutiérrez, quien destacó que tras el fallo de la Corte Suprema, declarando inconstitucional el cobro de alícuotas adicionales de Ingresos Brutos en razón de la procedencia del contribuyente, la provincia deberá sentarse con Nación y modificar su esquema impositivo.

“Ya no hay otra opción que rever la Aduana Interna”

[vc_row][vc_column][vc_column_text]Así opinó Rolando Coco Gutiérrez, quien destacó que tras el fallo de la Corte Suprema, declarando inconstitucional el cobro de alícuotas adicionales de Ingresos Brutos en razón de la procedencia del contribuyente, la provincia deberá sentarse con Nación y modificar su esquema impositivo. Gutiérrez resaltó que la Corte le dio la razón al presidente Mauricio Macri y al ex candidato a diputado nacional, Pedro Puerta, quienes plantearon la inconstitucionalidad de la Aduana Paralela de Rentas.[/vc_column_text][vc_column_text]POSADAS. Tras conocerse el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación declarando la inconstitucionalidad de los regímenes establecidos por las provincias demandadas que imponen alícuotas superiores en el impuesto sobre los ingresos brutos, el titular de Consumis, Rolando “Coco” Gutiérrez aseveró que “están dadas las condiciones” para que la provincia revea las Aduanas Internas. “Si el gobierno misionero es inteligente, va a rever esto. Ya no queda opción”, insistió Gutiérrez, acotando que de mantenerse el cuestionado régimen de la Dirección General de Rentas, el Estado misionero quedará expuesto a fallos indemnizatorios por parte de la Corte.

Gutiérrez celebró el fallo, indicando que las alícuotas que impone Rentas a los productos que ingresan a Misiones, instaurando una suerte de Aduana Interna, afecta a la competitividad del comercio local, respecto de otras provincias.

“Hay que rever todo el tema de Ingresos Brutos. Cada vez que ingresa un camión te cobran 50 mil pesos. Perjudican muchísimo al sector”, lanzó Gutiérrez, en base a fuentes propias del comercio de carnes, quienes le revelaron que el cobro del canon se realiza independientemente de la recaudación que pueda generar la carga –como es sabido, el impuesto se cobra por anticipado, otro tema que también está recusado en la justicia.

Consultado por MisionesCuatro sobre las consecuencias del fallo de la Corte en las causas “Bayer S.A. c/ Santa Fe, Provincia de s/ acción declarativa de certeza” y “Harriet y Donnelly S.A. c/Chaco, Provincia del s/acción declarativa de certeza”, Gutiérrez manifestó su certeza en que provincia y Nación llegarán a un acuerdo. “Estoy seguro de que van a llegar a un acuerdo. No van a ser tan tontos de permitir que la Corte Suprema realice una acción contra la provincia”, puntualizó el referente de los consumidores misioneros y dirigente de Unión Popular.

“Si el gobierno misionero es inteligente va a rever las Aduanas Internas”, insistió Gutiérrez, para quien tras el fallo y la potencial eliminación de la Aduana Interna de Rentas, “va a haber un respiro para el comercio misionero”. “El tema todavía está nuevito. Ya no hay otra opción que rever la Aduana Interna. No se puede acudir a tribunales internacionales. Están dadas las condiciones para que la provincia se siente a rever esto y dialogue con Nación”, reiteró.[/vc_column_text][vc_media_grid element_width=”3″ grid_id=”vc_gid:1509988015237-7642f780-8dbf-7″ include=”77756,62770,77891,39089″][vc_column_text]El fallo de la Corte, que el Centro de Información Judicial dio a conocer en los últimos días, declara la inconstitucionalidad de los regímenes establecidos por las provincias demandadas en relación al impuesto sobre los ingresos brutos, en cuanto imponen alícuotas superiores a los contribuyentes o responsables del tributo radicados fuera de sus jurisdicciones.

El Tribunal consideró de aplicación al caso la regla sentada en el precedente “Bolsa de Cereales de Buenos Aires” (Fallos: 337:1464) según la cual “(…) el distinto domicilio de una persona no puede ser un elemento diferenciador dentro de una categoría obligada al pago o a la recaudación del tributo (…)”.

De esta manera, decidió que la discriminación generada por la legislación tributaria de ambos Estados provinciales en función del lugar de radicación del contribuyente, lesiona el principio de igualdad de las cargas públicas y altera la corriente natural del comercio (Constitución Nacional, arts. 75, inc. 13° y 126), instaurando así una suerte de “aduana interior” vedada por la Ley Fundamental (arts. 9° a 12°), perjudicando a los productos provenientes de otras provincias en beneficio de los manufacturados en sus territorios.

En el caso de Misiones, la Aduana Interna tiene un fin netamente recaudatorio, porque la industria provincial está muy reducida y no se da una competencia entre manufacturas misioneras y de otras provincias. Tal es así que en los controles de la Dirección General de Rentas, se han denunciado arbitrariedades de todo tipo, tendientes a la aplicación de una multa o el cobro de un canon.

Finalmente, Gutiérrez puso de relieve que el fallo de la Corte termina dándole la razón tanto al presidente de la Nación, Mauricio Macri, como al ex candidato a diputado nacional Pedro Puerta, quienes, ambos, habían advertido sobre la inconstitucionalidad de este cobro de un canon extra a toda mercadería que ingresa a Misiones. “Se ve que tenían razón Macri y un candidato de Misiones, que cuestionaban el tema de la Aduana Paralela”, remató.

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