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Media sanción a la ley de Responsabilidad Penal Empresaria

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La Cámara de Diputados aprobó y giró en revisión al Senado el proyecto, después de que el oficialismo y la oposición se cruzaron fuerte por un artículo que finalmente cayó por 87 votos afirmativos contra 131 negativos.

Media sanción a la ley de Responsabilidad Penal Empresaria

[vc_row][vc_column][vc_column_text]La Cámara de Diputados aprobó y giró en revisión al Senado el proyecto, después de que el oficialismo y la oposición se cruzaron fuerte por un artículo que finalmente cayó por 87 votos afirmativos contra 131 negativos.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_single_image image=”115244″ img_size=”full” add_caption=”yes” alignment=”center”][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_column_text]La Cámara de Diputados aprobó y giró en revisión al Senado un proyecto que de ley que permite que las empresas sean juzgadas por actos de corrupción y otros delitos establecidos en el Código Penal, pero sin un artículo clave promovido por el oficialismo para obtener información sobre ilícitos sucedidos previamente a la vigencia de esta ley y otorgar a cambio a esas firmas los beneficios de esta iniciativa.

Según publicó el portal Parlamentario.com, fue un debate picante de más de cinco horas de la norma fuertemente reclamada por el Gobierno nacional, a través de la Oficina Anticorrupción encabezada por Laura Alonso, quien estuvo presente en el recinto. El proyecto había sido aprobado la semana pasada en la votación en general, pero se empantanó en la discusión en particular.

Reanudado este miércoles el cuarto intermedio, se votaron uno por uno los artículos, y el único que resultó rechazado fue el número 37, referido a la posibilidad de que las personas jurídicas puedan acogerse voluntariamente a un acuerdo administrativo de colaboración eficaz con retroactividad. Esa votación registró finalmente 87 votos afirmativos contra 131 negativos, y despertó la más encendida discusión entre la oposición y el interbloque Cambiemos, conducido por primera vez por el jefe del bloque Pro, Nicolás Massot -en ausencia del radical Mario Negri-, en una sesión marcada por los escalonados cuartos intermedios.

Según explicó la agencia Télam, las empresas podrán ser juzgadas por cualquier delito establecido en el Código Penal y no sólo por hechos de corrupción, según se estableció en el primer artículo del proyecto de ley de Responsabilidad Empresaria que aprobó la Cámara de Diputados.

El oficialismo aceptó reformular el artículo primero donde establecen siempre los objetos de una ley, que había sido rechazado la semana pasada cuando la sesión pasó a cuarto intermedio, y hoy se decidió reconsideración esa votación con el consenso de la mayoría de los bloques parlamentarios.

Este estratégico artículo se aprobó con 183 votos contra 5 y 16 abstenciones (bloque justicialista) y establece que el régimen de responsabilidad fiscal se aplicará en los delitos previstos en el Código Penal cometidos por personas de capital extranjeros con o sin participación estatal.

También se modificó el artículo sobre multas y ahí se mantuvo que el mínimo será de un 0,5 por ciento pero el máximo se disminuyó del 20 al 10 por ciento, de los ingresos brutos anuales que la condenada hubiere tenido en el último ejercicio anterior a la comisión del delito.

Para el caso de las personas jurídicas que se hayan constituido en el plazo de 12 meses anteriores a la comisión del delito o no hayan declarado ingresos en el último ejercicio anterior a la comisión del delito, serán sancionadas con multa de entre el 0,5 y el 10 por ciento -también se rebajó a la mitad- de los ingresos brutos promedio registrados al momento de la comisión del delito.

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