Política

Precisan alcances de tipos de voto, tras difusión de campañas falsas

cargando anuncio

Es mentira que se deba sumar el domingo una boleta para una supuesta ley contra el maltrato animal, esto podría inducir a la nulidad del voto.

Precisan alcances de tipos de voto, tras difusión de campañas falsas

[vc_row][vc_column][vc_column_text]La difusión a través de las redes y de mensajes de whatsapp de una falsa convocatoria a sumar el domingo un voto para una supuesta ley contra el maltrato animal, lo que podría inducir a la nulidad del voto, llevó a las autoridades a recordar los alcances de los diferentes tipos de sufragio, a poco de las PASO que se desarrollarán el domingo.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_single_image image=”123510″ img_size=”FULL” alignment=”center”][vc_column_text]Las autoridades precisaron los tipos de votos que pueden emitir los electores en los comicios. Según el Código Nacional, se clasifican en tres categorías: los válidos, los nulos y las categorías transitorias.

De acuerdo con lo establecido por las normas, un voto es nulo cuando “se emite con inscripciones o imágenes inadecuadas o se hayan incluido objetos extraños”.

Dentro de esa categoría, justamente, entraría esta supuesta votación a la que ese mensaje viralizado induce por estos días.

“Para todos los que votan, recuerden: el día de las elecciones se puede pedir la cartilla para votar en contra del maltrato animal y para sancionar a quienes lo practican”, comienza el mensaje que está acompañado de un dibujo de un perro y un gato.

La misma falsa campaña ya se había difundido en las últimas elecciones presidenciales de 2015, cuando se detectó que en realidad el mensaje provenía de Colombia y comenzó a circular por las redes sociales en el país.

Por eso, frente a la difusión de estas falsas campañas, las autoridades electorales advirtieron sobre la necesidad de recordar lo establecido para cada tipo de voto por el Código Nacional Electoral:

Voto afirmativo (válido): son aquellos que se emiten con boleta oficializada de una misma agrupación para todas las categorías, o cuando para cada categoría de cargo se eligen boletas oficializadas de fuerzas políticas diferentes.

Voto en blanco (válido): cuando el sobre está vacío o contiene un trozo de papel de cualquier color sin ninguna inscripción. Cuando falta un cuerpo de boleta correspondiente a una categoría, se considera voto en blanco solo para dicha categoría.

Voto recurrido: es aquel cuya validez o nulidad es cuestionada por algún fiscal presente en la mesa. El fiscal deberá fundamentar en el formulario especial de voto recurrido con “expresión concreta de la causa”.

Voto de identidad impugnada: es un voto sobre el cual el presidente de mesa o los fiscales consideran que el votante ha falseado su identidad; es decir, que no es el titular del documento cívico que presenta. La impugnación se realiza en el momento previo a emitirse el sufragio.

Voto nulo: es aquel que se emite con una boleta no oficializada, o cuando se emite con inscripciones o imágenes inadecuadas o se hayan incluido objetos extraños. También se considera nulo cuando se hayan incluido boletas de distintas agrupaciones políticas para una misma categoría de cargos, o cuando se emite mediante boleta oficializada que contiene inscripciones o leyendas de cualquier tipo. (TÉLAM)

vb[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_tweetmeme][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_facebook type=”button_count”][/vc_column][/vc_row]

Comentarios