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Ratifican que la fortuna de Lázaro Báez procede de la “corrupción en la obra pública”

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Los jueces del TOF 4 explicaron cuáles fueron los delitos precedentes que se analizaron y tuvieron en cuenta al momento de condenar al empresario Lázaro Báez a 12 años de prisión por el lavado de unos 60 millones de dólares. El fallo complica a la vicepresidenta Cristina Kirchner en las causas Vialidad y Hotesur – Los Sauces.

Ratifican que la fortuna de Lázaro Báez procede de la “corrupción en la obra pública”

BUENOS AIRES. Este lunes, los jueces de Tribunal Oral Federal 4 ratificaron la condena contra Lázaro Báez y sus hijos en la causa conocida como “la ruta del dinero K”. Y reafirmaron que la fortuna del empresario provino de “corrupción en la obra pública”.

“Esos fondos se originaron principalmente a través de una de esas dos fuentes: concretamente, desde los hechos de corrupción estatal y corporativa empresarial que se enjuician ante el Tribunal Oral Federal 2, en la mentada causa Vialidad”, expresaron los jueces de la mayoría en el escrito con más de 3.000 hojas, al momento de hablar sobre los delitos precedentes de la maniobra de lavado.

Según Radio Mitre, la vicepresidenta Cristina Kirchner también está procesada como jefa de una asociación ilícita. La justicia la investiga como responsable de defraudar al Estado direccionando 51 licitaciones a favor de Lázaro Báez. Esas licitaciones suman un total de $46.000 millones.

“Lázaro Báez optó por generar su propia usina de lavado de dinero, del modo en que lo hizo y se ha probado, puesto que habría de recibir flujos millonarios ilícitos como un integrante más de la matriz de corrupción estatal y corporativa montada para la asignación fraudulenta de la obra pública vial de la provincia de Santa Cruz”, aseguraron los jueces.

Un decomiso de U$S 60 millones

En cuanto a lo patrimonial, el tribunal ordenó el decomiso de USD 54.872.866,69 por la maniobra de lavado general. Y otros USD 5 millones por la compra del campo “El Carrizalejo”, en Mendoza. Además, impuso a las firmas Austral Construcciones, Top Air S.A., OACI S.A. y Real Estate Investment Fiduciaria S.A., una multa por el doble de las operaciones en que intervinieron.

Mientras que, en el caso de Helvetic Services Group, se ordenó la cancelación de la personería jurídica. Y se aplicó una multa correspondiente a siete veces el monto de las operaciones.

“Se han reunido múltiples probanzas testificales y documentales que han permitido reconstruir eventos trascendentales que acreditan de forma inmediata, con plena certidumbre y más allá de toda duda razonable las maniobras de lavado de activos llevadas a cabo por la organización criminal orquestada y dirigida por Lázaro Antonio Báez”, explicaron los jueces sobre el “plan de lavado sofisticado y profesional”.

Los magistrados consideran este plan “una maniobra global con tintes de delito trasnacional”.

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