Política

Se extendió el distanciamiento social hasta el 9 de abril

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Pese al avance de la pandemia en Brasil y el aumento de casos en AMBA, no habrá mayores restricciones en la próxima etapa.

Se extendió el distanciamiento social hasta el 9 de abril
Imagen ilustrativa de archivo

El Gobierno nacional resolvió extender el Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO) hasta el 9 de abril, inclusive. La decisión se confirmó este sábado en la madrugada, con la publicación del Decreto 168/2021 en el Boletín Oficial.

Si bien casi no hay cambios con respecto a las anteriores prórrogas de la DISPO, en esta oportunidad, se limitó el poder que tenían los gobernadores para dictar medidas propias para enfrentar el COVID en cada una de las provincias. Esta decisión apuntaría especialmente a Formosa, luego de semanas de polémica en torno al trato de la administración de Gildo Insfrán con los formoseños.

La decisión de extender el DISPO surgió luego de la reunión del comité de vacunación, encabezada por el presidente Alberto Fernández en la tarde del viernes. Durante el encuentro, se analizó la evolución semanal del plan de inmunización, se difundió un seguimiento del desarrollo del operativo en cada una de las jurisdicciones, y se evaluó la situación epidemiológica a nivel mundial, regional y nacional.

Además, mediante la Decisión Administrativa 219/2021, también publicada este sábado en el Boletín Oficial, se decidió mantener reducidas las frecuencias de vuelos provenientes de México y Europa al 30% de la capacidad, pero ahora este mismo límite también regirá para los aviones que lleguen de Perú, Ecuador, Colombia, Panamá y Chile.

Asimismo, se decidió incrementar en un 10% las restricciones ya existentes para los arribos de Estados Unidos y en un 20%, para los de Brasil, por lo que las conexiones con estos dos países quedaron en un 40 y un 70 por ciento por debajo de lo habitual, respectivamente.

Por otro lado, la Dirección Nacional de Migraciones informó mediante la Disposición 563/2021 que, también hasta el 9 de abril próximo, “aquellas personas que hayan egresado del territorio nacional por medio de pasos fronterizos terrestres entre los días 1° de abril de 2020 y 25 de diciembre de 2020, podrán ingresar por cualquiera de los pasos habilitados a tal efecto”.

Los lugares de entrada autorizados siguen siendo únicamente el Aeropuerto Internacional Ministro Pistarini de la localidad de Ezeiza, el Aeropuerto Internacional San Fernando y el Puerto de Buenos Aires (Terminal Buquebus).

La novedad en esta oportunidad es que, el Gobierno ratificó que a partir de este martes 16 de marzo, también estará habilitado el Aeroparque Metropolitano Jorge Newbery “como corredor seguro para el ingreso de personas al Territorio Nacional”.

En lo que respecta a límites de la circulación, se establece que “en atención a las condiciones epidemiológicas y a la evaluación de riesgo y de expansión de CovidD-19, en los distintos aglomerados, departamentos y partidos de la jurisdicción a su cargo, las autoridades provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrán dictar normas para limitar la circulación por horarios o por zonas, con el fin de evitar situaciones que puedan favorecer la propagación del virus SARS-CoV-2“.


En cuanto a las fronteras, señalan que la Dirección Nacional de Migraciones “podrá establecer excepciones a las restricciones de ingreso al país con el fin de atender circunstancias de necesidad o de implementar lo dispuesto por el Jefe de Gabinete de Ministros”.

En este último supuesto, la Dirección Nacional de Migraciones “determinará y habilitará los pasos internacionales de ingreso al territorio nacional que resulten más convenientes al efecto y definirá los países cuyos nacionales y residentes queden autorizados para ingresar al territorio nacional“.

Se indica además que “los Gobernadores y las Gobernadoras y el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrán solicitar al Jefe de Gabinete de Ministros excepciones a la prohibición de ingreso establecida en el primer párrafo del presente artículo a los fines del desarrollo de actividades que se encuentren autorizadas o para las que se solicita autorización”.

Emergencia sanitaria

Por otra parte, el jueves  el Gobierno nacional extendió la emergencia sanitaria hasta el próximo 31 de diciembre, esto se realizó a través del decreto 167, publicado en el Boletín Oficial.

Entre las medidas que implementarán para contener los contagios se prevé reducir los vuelos a países con alta circulación de nuevas cepas y extremarán los controles de ingreso y egreso al país.

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