La norma fue sancionada el
sábado y ya comenzaron a regir sus cambios en materia financiera, previsional,
tarifaria, energética, sanitaria e impositiva, entre otras modificaciones en el
marco de la Emergencia Pública.
La reglamentación incluye un único “veto parcial” del
presidente Alberto Fernández relativo a las regalías que deben pagar los
productores de hidrocarburos, que ahora tributarán sobre el monto de
producción, una vez descontadas las retenciones a la exportación.
Puntualmente, la modificación se hizo sobre el artículo 52 de
la ley y elimina el párrafo que establecía que “en ningún caso el derecho de
exportación de hidrocarburos podrá disminuir el valor Boca de Pozo para el
cálculo y pago de regalías a las provincias productoras”.
En un primer momento, la Cámara de Diputados había
establecido que la producción de hidrocarburos pagarían sobre su facturación
total, sin descontar el derecho de exportación, lo que volvía muy gravosa la
carga impositiva sobre un sector que el Gobierno pretende expandir.
La reglamentación fue finalmente efectivizada con la
publicación del decreto 58/2019, que lleva la firma del presidente Fernández
como del resto de los ministros que integran su gabinete.
El proyecto oficial fue convertido en ley por el Senado en la
madrugada del sábado, con 41 votos a favor, 23 en contra y una abstención y, el
viernes, también a la madrugada, había sido aprobada por la Cámara de Diputados
por 134 votos a favor y 110 en contra.
La ley contempla una serie de cambios en las facultades que
tiene el Poder Ejecutivo para administrar el Estado en materia económica,
financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética,
sanitaria y social.
Entre otros aspectos plantea una reestructuración del cuadro
tarifario de la energía, tanto para hogares como para empresas, utilizando “criterios
de equidad distributiva y sustentabilidad productiva”.
Asimismo, establece planes de regularización de deudas para
las pequeñas y medianas empresas, suspende la aplicación de la movilidad
jubilatoria por 180 días -tiempo en el que se discutirá una nueva fórmula y se
aplican aumentos por decreto- y aplica un 30% de impuesto a la compra de
dólares para atesoramiento al uso de tarjetas de crédito y débito en moneda
extranjera.
A su vez, fija un tope del 33% para los derechos de
exportación de soja, un 15% para el maíz y un 5% para bienes industrializados
de economías regionales, mientras que para los hidrocarburos y la minería el
techo es de 8%.
Por último, establece nuevas alícuotas al impuesto de Bienes
Personales, así como a la venta de automóviles y elimina la imposición de
cargas a las ganancias obtenidas con instrumentos financieros en pesos (bonos o
plazos fijos).
Se promulgó la ley de Solidaridad y Reactivación
cargando anuncio