Otras de las medidas fue la suspensión hasta el 31 de diciembre de “cualquier aumento de precios o modificación de los mismos”.
En el decreto señalaron que esa decisión se tomó “abandonándose la idea del acceso a estos últimos como un derecho humano, dejándolos librados a ley de la oferta y demanda como una simple mercancía, contrariamente a lo previsto en la Constitución Nacional”.
Manifiestan que “el derecho humano al acceso a las TIC y a la comunicación por cualquiera de sus plataformas requiere de la fijación de reglas por parte del Estado para garantizar el acceso equitativo, justo y a precios razonables”.
Por otra parte, el Poder Ejecutivo justificó la decisión de extender el congelamiento de los aumentos de los servicios, a causa de la emergencia pública en materia sanitaria por la pandemia de coronavirus.
“La situación de emergencia sanitaria que se está atravesando en el marco de la pandemia de COVID-19 y la consecuente disminución de la circulación de personas para mitigar los contagios configuran una situación de urgencia que impone la necesidad de otorgar una inmediata protección de estos derechos”, señala el DNU.