Política

El Senado convirtió en ley los límites al 2×1

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El Senado aprobó por unanimidad este miércoles el proyecto que regula la aplicación de la norma, que impide que la reducción de las penas se aplique a los delitos de genocidio, de lesa humanidad y crímenes de guerra.

El Senado convirtió en ley los límites al 2×1

[vc_row][vc_column][vc_column_text]El Senado aprobó por unanimidad este miércoles el proyecto que regula la aplicación de la norma, que impide que la reducción de las penas se aplique a los delitos de genocidio, de lesa humanidad y crímenes de guerra. [/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_single_image image=”104765″ img_size=”full” add_caption=”yes” alignment=”center” title=”Imagen de archivo.”][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_column_text]El Senado de la Nación aprobó este miércoles por unanimidad y convirtió en ley la norma que prohíbe la aplicación de la ley del 2×1 a los condenados por delitos de genocidio, lesa humanidad y crímenes de guerra, luego de la polémica surgida tras el fallo de la Corte Suprema de Justicia que benefició a un represor acusado de delitos cometidos durante la última dictadura militar.

En un debate de cuatro horas y media, la normativa impulsada por el oficialismo, con el aporte de diferentes sectores políticos, fue aprobada por 56 votos afirmativos.

La propuesta para limitar la ley del 2×1, que rigió entre 1994 y 2001 cuando fue derogada, recibió durante la sesión de hoy un amplio consenso político de las bancadas del FPV-PJ, incluido el ultrakirchnerismo, del Frente Progresista de Jaime Linares, del espacio que lidera Fernando “Pino” Solanas y de partidos provinciales que se expidieron en el transcurso del debate.

Senadores del Frente para la Victoria cuestionaron, no obstante, la política del gobierno nacional en materia de derechos humanos y a los jueces de la Corte que emitieron el fallo y fueron propuestos por el Gobierno, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz.

El proyecto establece que el 2×1, previsto en el artículo 7° de la ley 24.390, “no es aplicable a delitos de lesa humanidad, genocidio y crímenes de guerra”. En su segundo artículo sostiene que “será aplicable sólo a aquellos casos en los que el condenado hubiera estado en prisión preventiva durante la vigencia de la ley”, entre 1994 y 2001.

El tercer artículo señala que lo dispuesto en los dos artículos anteriores es “la interpretación auténtica” del “dos por uno” y que “será aplicable a las causas en trámite”.

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