Posadas

Multan a dueños que no cuidan a sus mascotas

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La Municipalidad recuerda que está vigente la ordenanza que prohíbe la permanencia de los perros en la calle sin control.

Multan a dueños que no cuidan a sus mascotas

[vc_row][vc_column][vc_column_text]La Municipalidad recuerda que está vigente la ordenanza que prohíbe la permanencia de los perros en la calle sin control.
[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_single_image image=”192479″ img_size=”full” alignment=”center”][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_column_text]El director del Instituto Municipal de Sanidad Animal (Imusa), Gustavo Elizaincín recordó a la comunidad que esta prohibido que los animales anden sueltos en las calles de Posadas y ya se han cobrado multas a los vecinos que no cumplen la ley. “La gente tiene que tomar conciencia que existe una ordenanza al respecto”, opinó el reconocido veterinario.

La Municipalidad cobra multas a los dueños de canes que circulen por la vía pública sin ningún control y reiteró la plena vigencia de las ordenanzas que establecen la modalidad y lugar de paseos para las mascotas en esta ciudad.

La Dirección del Instituto Municipal de Sanidad Animal (Imusa) insistió con la plena vigencia del decreto Nº 17/02 y ordenanza 849/02 que regula la permanencia de las mascotas en espacios públicos.

Las normativas en vigencia señalan que toda persona que pasee con un perro deberá asir el mismo con collar y pretal. Como así que deberán circular por aceras de calles y avenidas permitidas.

Asimismo establece que el portador del can deberá llevar bolsitas para juntar las deposiciones en forma visible y si el animal defecare deberá recoger las heces y colocar los mismos en los basureros públicos o en los recipientes para la basura de los particulares. En la misma, se prohíbe dejar el canino en la calle sin los elementos detallados y por ningún motivo podrán estar en la vía pública ambulando libremente.

Uno de los artículos que establece las multas, afirma que si un propietario no respeta la ordenanza se hará pasible una multa equivalente a cincuenta (50) litros de nafta especial la primera vez y en caso de reincidencia el doble de lo estipulado.

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