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Advierten que está vigente una ley inconstitucional que suspende desalojos en Misiones

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El Dr. Ángel Gauto, se refirió a la Ley XII – nº 28, sancionada en la Cámara de Representantes gracias a la mayoría renovadora, que suspende los desalojos hasta el 31 de diciembre del 2020.

Advierten que está vigente una ley inconstitucional que suspende desalojos en Misiones

POSADAS. Ante los conflictos por usurpaciones y desalojos en la provincia, con el reciente caso del ex intendente de Montecarlo, Ricardo Meili, golpeado por usurpadores de un terreno de su hija, el abogado Ángel Gauto no dudó en señalar que la ley provincial XII – nº 28, que suspende los desalojos hasta el último día del 2020 inclusive, atenta contra la Constitución provincial y nacional.

En diálogo con MisionesCuatro, Gauto explicó que ante el delito de usurpación, existe una instancia penal y una de la justicia civil. Se debe realizar un “diligencia preliminar y determinar el carácter (de la ocupación) y qué tipo de acción (civil) interponer”, detalló.

Sobre la parte penal, “se denuncia la usurpación. La vía civil es determinar en qué  carácter de qué ocupa, para realizar una acción de reivindicación. Es un proceso sumamente largo que una vez que se termina, se ordena el desalojo”, comentó.

La dificultad para explicar la situación a los clientes

Sin embargo, en Misiones, rige la ley provincial XII – nº 28 “que suspende los desalojos hasta el 31 de diciembre del 2020, yendo en contra de lo previsto por la Constitución Nacional y Provincial. No se respeta el orden de acción de las leyes. Es una ley inconstitucional, no me cabe dudas”, recalcó Gauto, en tono crítico hacia la norma.

Gauto puso de relieve la incongruencia de esta ley provincial que suspende los desalojos en determinadas circunstancias, con la garantía irrestricta a la propiedad privada, que sancionan la Constitución Nacional y la provincial. “Se nos educa con la idea de que la propiedad es inviolable. Pero por más que la justicia te dé la razón, no poder ejecutar sentencias, es difícil de explicarlo y entenderlo, para nosotros, que somos abogados. Imagínense lo que es transmitirlo a un cliente que compró de buena fe un terreno y no puede hacer uso de su propiedad. Es irracional”, puntualizó el abogado.

Una ley inconstitucional y el hartazgo de los propietarios

El propietario de un inmueble, “no tiene la culpa” de la acuciante demanda habitacional que impera en la provincia. “La suspensión de los desalojos la vienen prorrogando todos los años, por lo que siempre tenemos este problema. El cliente puede interponer una acción de inconstitucionalidad. Obteniendo una sentencia favorable recién podría conseguir un desalojo”, sostuvo Gauto, insistiendo en que, como auxiliar de la justicia, uno trata de evitar conflictos en los que se enfrentan propietarios y usurpadores.

“Uno tiene que tratar de obtener resultados a través de procesos formales de la justicia. Pero qué le podés decir a un cliente que hace 5 años está esperando un resultado y cuando la consigue, no puede desalojar a personas que ocupan un terreno de forma ilegal. Llega un momento en que la paciencia (se termina). Cada uno reacciona de manera distinta, pero esto se veía venir”, manifestó Gauto con relación a las agresiones sufridas por el ex alcalde de Montecarlo.

Lo que establece la ley prorrogada

Cabe recordar que a fines de octubre del 2018, los diputados modificaron el primer artículo de la la Ley XII – N°28, que suspende los desalojos. Se suspende “las ejecuciones de sentencias que tienen por objeto ordenar el desalojo o remate de inmuebles destinados a vivienda única y familiar y a vivienda y producción agropecuaria única y familiar, cuando se verifica una ocupación superior a ocho (8) años, sobre predios urbanos y rurales, respectivamente, sean estos fiscales o privados. La vigencia de la suspensión por el plazo señalado está sujeta a que los beneficiarios acrediten en el expediente judicial que se encuentran empadronados”, afirma la norma que fue prorrogada hasta el 31 de diciembre del presente año.

También se le incluyen cambios al artículo 1° bis que ordena “las acciones procesales que conducen a desalojos en la totalidad de los bienes inmuebles ubicados en los terrenos incluidos en el Registro Nacional de Barrios Populares en Proceso de Integración Urbana (RENABAP) en la Provincia de Misiones. Para estos casos, no es necesario realizar el empadronamiento previsto en la presente Ley a los fines de suspender las acciones, siendo suficiente la presentación del Certificado de Vivienda Familiar RENABAP en el expediente judicial correspondiente”.

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