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Cuotazo del Iprodha: 23% de aumento desde mayo

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El Instituto Provincial de Desarrollo Habitacional realizó el anunció del incremento en las cuotas a través de su página web.

Cuotazo del Iprodha: 23% de aumento desde mayo

[vc_row][vc_column][vc_column_text]El Instituto Provincial de Desarrollo Habitacional realizó el anunció del incremento en las cuotas a través de su página web.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_single_image image=”170003″ img_size=”full” alignment=”center” title=”Imagen ilustrativo.”][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_column_text]El Instituto Provincial de Desarrollo Habitacional (Iprodha) anunció en su página web lo siguiente: “En el marco del esfuerzo solidario entre el Instituto y sus adjudicatarios, tendiente a permitir y fomentar la continuidad de futuras obras, comunicamos que a partir de la boleta con vencimiento en Mayo/2018, al importe de su cuota se le aplicará un incremento coincidente con la variación anual del costo de la construcción”.

Es decir, que desde mayo la cuota de las viviendas sufrirá un aumento del 23 por ciento por el aumento de costos de la construcción y ya se anunció que en 2019 habrá otro aumento, aunque no se descarta incluso otra suba antes de fin de año.

Según las autoridades, el aumento de la cuota se realiza por la suba de: El costo del metro cuadrado de la construcción (26, 86%); el costo de vida (29, 05); el costo de la construcción (33,27%).

Este aumento del 23 por ciento implica un incremento anual del 18,4 por ciento. A las viviendas entregadas desde el 2016 en adelante se aplican “actualizaciones mensuales”.

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Sin casa

En Misiones existe un déficit habitacional de 130 mil viviendas, 100 mil familias están por debajo de la línea de la pobreza. Es decir, sólo un 16% de las familias con necesidades habitacionales de misiones, logran cumplir con los requisitos impuestos.

REGLAMENTO DE ADJUDICACIÓN de VIVIENDAS LLAVE EN MANO

a) Prioridad Grupo familiar con hijos menores
b) Grupos familiares con integrantes con discapacidad
c) Ingresos suficientes para afrontar el pago de la vivienda y mantener su calidad de vida.
d) Codeudor y bancarización de sus ingresos que aseguren el cumplimiento de sus obligaciones.
e) Dirección Postal fidedigna, teniendo en cuenta que se lo convocará UNICAMENTE vía postal.
f) Obligación ineludible de actualizar cada año su inscripción, modificando sus datos si se hace necesario y demostrando el mantenimiento de su interés en obtener el beneficio.
g) No haber sido ningún integrante del grupo solicitante, adjudicatario de vivienda…
h) Los miembros del grupo conviviente no deben ser propietarios de inmuebles destinados a viviendas

El Iprodha fue creado por la Ley 943 de 1978 y es el órgano específico de aplicación, de la Ley Nacional Nº 24464 de creación del Sistema Federal de la Vivienda (Fondo Nacional de la Vivienda).

En la ley se aclara específicamente que el Instituto “tendrá por finalidad la promoción de viviendas de interés social destinadas a familias que habiten el territorio de la Provincia”.

El objetivo inicial era construir viviendas con fin social, pero hace años que se volvió casi imposible acceder a las casas sin tener altos ingresos.

El gobierno de la renovación mantuvo la misma política durante años; cuotas caras y requisitos casi inalcanzables para ser adjudicatario del Iprodha.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_facebook type=”button_count”][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_tweetmeme][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_column_text]xp[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row]

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