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“Debemos legislar a futuro”, declaró Caballero

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“Es evidente que las energías renovables es el futuro de toda la sociedad”, destacó el edil apostoleño de Unión Popular Gastón Caballero tras presentar su proyecto para estimular el uso de fuentes de energía renovable en la construcción, refacción o remodelación de hogares.

“Debemos legislar a futuro”, declaró Caballero

[vc_row][vc_column][vc_column_text]“Es evidente que las energías renovables es el futuro de toda la sociedad”, destacó el edil apostoleño de Unión Popular Gastón Caballero tras presentar su proyecto para estimular  el uso de fuentes de energía renovable en la construcción, refacción o remodelación de hogares.

El objetivo de la presentación de este proyecto es el de incentivar al vecino de Apóstoles que le interese las energías renovables pueda ser beneficiado con, una eximición de la Tasa Unificada de Servicios Urbanos por el término de 2 años”, este proyecto pasó a Comisión para ser estudiado de mejor manera, siendo el mismo muy importante buscando avanzar  en la concientización y concreción  de un municipio saludable”, declaró.[/vc_column_text][vc_single_image image=”99536″ img_size=”medium” alignment=”center”][vc_column_text]PROYECTO DE ORDENANZA

VISTO:

La necesidad de implementar en todo el ámbito de la Ciudad de Apóstoles, la utilización de fuentes de energías renovables, y;

CONSIDERANDO:

Que  es necesario fomentar emprendimientos vinculados al uso y desarrollo de tecnologías vinculadas a las energías renovables.

Que sería altamente satisfactorio que el Municipio de Apóstoles privilegie el desarrollo de distintas energías renovables.

Que el municipio debe tener políticas activas para eliminar las barreras existentes para la implementación de la misma, y su papel como promotor de prácticas sustentables debe sostenerse en políticas públicas de incentivo económico.

Que la implementación de estas medidas de promoción económica posibilitará el desarrollo local ya que las tecnologías necesarias son de fácil implementación, promoviendo de esta manera el empleo y compra local para su propuesta práctica.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE de Apóstoles sanciona con fuerza de Ordenanza

Artículo 1º: Objetivo: ESTIMULAR el uso de fuentes de energía renovable en la construcción, refacción o remodelación de hogares en el ámbito de la Ciudad de Apóstoles a fin de preservar el medio ambiente a través del ahorro energético.

Se entenderá como fuentes de energía renovable a la solar térmica y fotovoltaica, la biomasa y la eólica.

Artículo 2º: Se BENEFICIARAN todas aquellas personas físicas propietarias, locatarias o simples tenedoras de inmuebles urbanos o rurales destinados a viviendas familiares que dispongan en sus viviendas la instalación de equipos para la generación de energía renovables y que estas reemplacen al menos el 40% de la energía promedio consumida el último año.

Para ello deberán presentar un plan de construcción o adecuación ante el DEM, el que deberá ser aprobado dentro de los 60 días corridos desde la presentación. El DEM a través de las oficinas de Medio Ambiente y Obras Particulares verificará que los equipos elegidos sean adecuados y se encuentran efectivamente en funcionamiento.

Artículo 3º: Los beneficiarios recibirán, previa aprobación del Honorable Concejo Deliberante, quienes verificaran el cumplimiento de la presente ordenanza, una eximición de la Tasa Unificada de Servicios Urbanos por el término de 2 años.

Artículo 4º: El Departamento Ejecutivo Municipal deberá gestionar ante las entidades bancarias oficiales líneas de crédito destinadas a financiar la compra de equipos de generación de energía renovable.

Artículo 5º: PROMOVER con las Instituciones profesionales afines la difusión del uso de energías renovables.

Artículo 6º: En caso que la persona beneficiaria procediese al abandono, desinstalación o desuso de los equipos de generación de energía renovable, perderá automáticamente el beneficio de la eximición del pago de la Tasa cualquiera sea el tiempo transcurrido desde su instalación.

Artículo 7º: Refrendará, la presente el Sr. Secretario del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Apóstoles.

Artículo 8º: Regístrese, Comuníquese, Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal, Cumplido ARCHIVESE.[/vc_column_text][vc_tweetmeme][vc_facebook][vc_column_text]JK[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row]

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