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En casos de intrusión en vivienda, hay “legítima defensa privilegiada”

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Lo explicó el penalista Hugo Zapana, quien explicó las diferencias que establece el Código Penal en casos de homicidio cuando el victimario fue víctima de un delito. Además, aclaró que el endurecimiento de las penas no resuelve el problema de la criminalidad.

En casos de intrusión en vivienda, hay “legítima defensa privilegiada”

POSADAS. El reconocido penalista del fuero local Hugo Zapana se refirió a las diferencias que establece el Código Penal al calificar homicidios en los que hubo legítima defensa, como el ocurrido en el caso de Quilmes, en el que el jubilado Jorge Ríos, mató a balazos a un delincuente que había ingresado por la fuerza en su domicilio, junto a otros cómplices, con intención de robo.

“El código penal protege bienes jurídicos, vida, propiedad, honor, integridad sexual, etc. Pero ningún derecho es absoluto. El código autoriza a cometer un homicidio cuando está en riesgo la vida de uno o de un tercero”, comentó Zapana.

“Para que haya exceso en la legítima defensa, primero tiene que haber existido legítima defensa. (Esto ocurre cuando) el individuo que repele una agresión que él no provocó y emplea un medio racionalmente relacionado con el medio utilizado para agredirlo, está en legítima defensa”, argumentó.

Según Zapana, para el Código, la legítima defensa se da cuando se emplea “la mejor defensa para la agresión que estás sufriendo”.

La legítima defensa privilegiada

En cuanto hay intrusión de la propia vivienda, la víctima del delito que responde, entraría en la calificación, de la “legítima defensa privilegiada”, planteó Zapana. “Quien escala un muro, rompe una puerta e ingresa a un domicilio, le da a la víctima (de la intrusión), la posibilidad de emplear la legítima defensa privilegiada”, agregó el abogado.

Al tiempo que aclaró que la persona que se defiende, puede tomar “lo primero que tenga a mano”. “Ahora, si el individuo viene con una lapicera y yo agarro un cañón de un tanque Sherman, obviamente, el medio empleado en la defensa no fue racional”, precisó.

Por otra parte, Zapana aclaró que está en contra de planteos que ven en el endurecimiento de las penas, una solución al problema de la criminalidad.

“La ley Seca en EEUU, es una prueba de que aumentar las penas no soluciona nada. Prohibieron la fabricación y consumo de alcohol y creció exponencialmente la mafia. Acá se hizo una ley de drogas, la 20.771, y ganaron que el mercado negro cobre auge y aparezcan los cárteles. La ley Bloomberg de 2004, incrementó las penas. Con esa ley, un robo de tres vacas cargándolas en un vehículo con la participación de un menor, está más penado que el homicidio. El aumento de penas no es la solución”, puntualizó.

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