POSADAS. La nueva Subsecretaria de la Mujer y la Familia, Giselle Dobidenko, se vio envuelta en un escándalo de alcances imprevisibles, al conocerse que está denunciada por propiciar una maniobra de falsificación de certificados médicos y ser dejada cesante por el Consejo General de Educación. Según la Ley Provincial I – nº 37, Dobidenko está inhabilitada para ejercer el cargo para el que fue nombrada recientemente.
Es claro que la Renovación no aplica el criterio de la “ficha limpia” para las designaciones, ni mucho menos, realiza concursos públicos. Pero el nombramiento de una persona que fue cesanteada en un cargo estatal, por presuntas maniobras de adulteración de documentos –por la que existiría, en principio, una causa penal en curso–, agrega otro matiz a la cuestión de las designaciones “a dedo”.
Según la resolución 6875/18 del CGE, firmada el 13 de Noviembre del 2018, se inició un sumario administrativo contra Dobidenko, al ser denunciada por participar de una maniobra para falsificar firmas y sellos en certificados públicos. Más precisamente, en un certificado para una licencia médica.
El expediente contra Dobidenko, se había iniciado el año previo (2017), por una denuncia por un certificado médico adulterado y la resolución de Noviembre del 2018, decreta la cesantía de la ahora subsecretaria, “haciendo la salvedad que la misma (Dobidenko) es reincidente en la consumación de delitos de Adulteración”.
La resolución del 2018 contra Dobidenko
De acuerdo con la resolución 6875/18, Dobidenko había presentado un certificado para pedir una licencia médica (que data del 3 de Julio del 2017), firmado por un médico que, al ser consultado, reveló que hacía 5 o 6 años que no trabajaba en el nosocomio mencionado en el documento adulterado.
En el marco de esta maniobra, se presentó una denuncia ante la Fiscalía de Instrucción de turno, en la que el médico perjudicado sostiene que su firma y sellos son apócrifos.
Así pues, en el marco del proceso sancionatorio, el pasado 25 de Junio, el CGE emite otra resolución, la 3590/19, en la que se procedió a la “aplicación de las sanciones pertinentes”, al “no hacer lugar al recurso de revocatorio contra la resolución nº 6875/18”, entre otras cosas confirmando la “sanción de cesantía aplicada” bajo la citada resolución del 2018.
Sin embargo, Dobidenko, una activa dirigente del kirchnerismo y de la Renovación en los últimos tiempos, fue ungida como Subsecretaria de la Mujer y la Juventud, por la actual ministra de Desarrollo Social, Benilda Dammer. Dobidenko asumió en el puesto que la propia Dammer dejó vacante al ser ascendida al rango de ministra.
Lo que estipula la ley sobre las inhabilitaciones a ejercer cargos
Cabe destacar que de acuerdo con la Ley Provincial I – número 37 (Antes Decreto Ley 1556/82), que fija el Régimen Jurídico Básico de la función en la administración pública provincial, en su capítulo IV, sobre las “inhabilidades”, señala con toda claridad, que personas cesanteadas, no pueden ejercer cargos públicos hasta pasados los 10 años de concretado el despido.
En concreto, el inciso “C” del artículo 12 del citado capítulo de la ley provincial mencionada, afirma que está inhabilitado a ejercer un cargo público “el que haya sido declarado cesante en la Administración Pública Nacional, Provincial o Municipal, en virtud de sanción disciplinaria, hasta diez (10) años después de la declaración de cesantía (…)”.