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EMSA “no podrá cortar la luz” a deudores en Misiones

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Lo remarcó Rolando “Coco” Gutiérrez, el titular de la ONG Consumis, quien reveló que tras el histórico fallo del juzgado en lo Civil y Comercial 3 de Posadas, que declaró inconstitucional el artículo 6 de la ley VII – nro 24, antes 3309, “que impedía utilizar las acciones de amparo y dictamina la competencia del juez de primera instancia tratar este tema”.

EMSA “no podrá cortar la luz” a deudores en Misiones

[vc_row][vc_column][vc_column_text]Lo remarcó Rolando “Coco” Gutiérrez, el titular de la ONG Consumis, quien reveló que tras el histórico fallo del juzgado en lo Civil y Comercial 3 de Posadas, que declaró inconstitucional el artículo 6 de la ley VII – nro 24, antes 3309, “que impedía utilizar las acciones de amparo y dictamina la competencia del juez de primera instancia tratar este tema”. [/vc_column_text][vc_media_grid grid_id=”vc_gid:1554899478982-8882359a-1c83-2″ include=”233837,233838,233839″][vc_column_text]POSADAS. Rolando “Coco” Gutiérrez, el titular de la ONG Consumis, consideró “histórico” el fallo del juzgado en lo Civil y Comercial 3 de Posadas, que declaró inconstitucional el artículo 6 de la ley VII – nro 24, antes 3309, el cual “impedía utilizar las acciones de amparo y dictamina la competencia del juez de primera instancia tratar este tema”. Y anticipó que con esta declaración de inconstitucionalidad de una ley misionera, “EMSA no podrá cortar la luz” a deudores golpeados por tarifas con suspechas de sobrefacturación.

Según informó a este medio Gutiérrez, el fallo declara inconstitucional el citado artículo de la ley VII nro 24, en base a los artículos 43 y 75 inciso 22 de la Constitución Nacional y artículos 16 y 17 de la Constitución Provincial. “Estamos muy contentos con el fallo de la jueza Georgina López Liva, la más antigua (del fuero local), que hizo lugar al aamparo de una de las socias de Consumis e hizo lugar a la cautelar. Por primera vez una jueza dictamina la inconstitucionalidad de las leyes misioneras que impedían la utilización del amparo constitucional. Y dictamina la competencia de un juez de primera instancia para tratar el tema”, subrayó Gutiérrez, quien admitió que de todas formas, habrá que esperar la respuesta legal de EMSA.

Es que la jueza ordena a EMSA, “como medida cautelar y hasta que se resuelvan los planteos por sobrefacturación y por abuso en la facturación, a abstenerse de cortar el servicio de luz en la casa de la denunciante (autora). Con lo cual, EMSA no podrá cortar la luz a la gente que está debiendo”, remarcó Gutiérrez, anticipando que habrá una avalancha de reclamos legales por subrefacturación contra EMSA.

“Inicialmente, no van a poder cortar la luz a deudores por sobrefacturación”, insistió Gutiérrez, en referencia a las boletas con subas de hasta el 75% y más, que EMSA ha enviado a usuarios en toda la provincia. “Desde el ’96 estamos con esto”, remarcó el referente de Consumis.[/vc_column_text][vc_facebook type=”button_count”][vc_tweetmeme][vc_column_text]

jmm.

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