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María Ovando debe continuar en libertad, advierte su defensa

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Desde la Cámara de Apelaciones se filtró una información que indica que habría un fallo contrario a la liberación de la mujer condenada por supuesta “corrupción de menores” y los abogados defensores y el Equipo Misioneros de Derechos Humanos Justicia y Género recalcaron que sólo podría volver a la cárcel ante un fallo del STJ.

María Ovando debe continuar en libertad, advierte su defensa

POSADAS. Ante la filtración a los medios de prensa de que existiría una resolución de la Cámara de Apelaciones contraria a la libertad María Ovando que había sido ordenada hace dos semanas por el Juez Jiménez, la defensa advierte que no puede ser ejecutada hasta que sea revisada por el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia.

Según planteó el Equipo Misionero de Derechos Humanos, Justicia y Género, a través de comunicados y redes sociales, Ovando no debería ser detenida ante un revés judicial en la Cámara de Apelaciones. Desde la defensa remarcaron que una detención sin la intervención del STJ, “es un acto más de ensañamiento de la Corporación Judicial contra María por su condición de mujer, en situación de vulnerabilidad”.

Si bien no hubo notificación formal de esta decisión, la defensa que encabezan Eduardo Paredes y Roxana Rivas, presentó un escrito advirtiendo que “en caso de que Vuestra Cámara revoque la resolución del Hábeas Corpus, debe tenerse presente que tratándose de una revocación la misma no es ejecutoriable hasta tanto –por el principio de doble instancia y derecho a la revisión- no sea confirmada en el caso por el superior tribunal de justicia”.

La Cámara actuó de mala fe, según la defensa

Paredes, integrante del EMiDH y defensor de Ovando, remarcó que “la resolución que haya sacado la Cámara –que hay que decir actuó de muy mala fe porque no fue comunicada por los canales formales que tiene el Poder Judicial– no es ejecutable porque cuando se revoca una libertad como en este caso tiene que haber una instancia de revisión para que sea ejecutable. Y contra esta resolución va ir el recurso de casación que van a tener que revisar obligatoriamente. Hasta tanto no quede firme la revisión en segunda instancia, no puede ser ejecutada. Ovando sigue en las condiciones en las que está”, destacó el penalista.

En esta línea, Paredes recordó que una de las salas de esta misma Cámara de Apelaciones ya había sostenido que el Hábeas Corpus es la vía procedente contra resoluciones judiciales. Lo hizo en la causa Rocío Santa Cruz y el propio Superior Tribunal de Justicia (STJ) también se expresó en ese sentido en el año 2000.

Varios antecedentes a favor de Ovando

“Esta es una Cámara que tiene dos Salas de dos miembros. La otra Sala, compuesta por José Alberto López y José Jacobo Mass en el caso Santa Cruz dijo que el Hábeas Corpus es la vía procedente cuando no hay otros medios de revisión”, recordó Paredes.

Y agregó: “El Superior Tribunal ya dijo en el 2000 en el caso Serenich que el Hábeas Corpus es procedente contra resoluciones judiciales. Y en ese caso fue contra la resolución judicial del Chaco contra la orden de detención de un médico de Posadas”, argumentó.

Además de estos precedentes de la propia justicia misionera, Paredes destacó que existen sobrados fallos y resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que respalda la vía del Hábeas Corpus para corregir graves arbitrariedades como la detención de María Ovando, con una sentencia recurrida y habiendo estado ella en libertad durante todo el proceso.

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