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Puerto Esperanza implementará nuevas medidas restrictivas

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En el marco de la compleja situación epidemiológica que atraviesa Misiones, se prohíbe la realización de eventos sociales de participación masiva.

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Puerto Esperanza implementará nuevas medidas restrictivas

PUERTO ESPERANZA. Fue determinada a través de la resolución 6/2021, donde se resolvió restringir las reuniones sociales, fiestas y eventos masivos, las medidas apuntan a evitar la circulación y la aglomeración de personas para contener la propagación del coronavirus.

“Prohibir en el ámbito de la ciudad de Puerto Esperanza, la realización de todo evento cultural, artístico, recreativo, deportivo, social, bailable de participación masiva; en forma consecuente, se suspenden las habilitaciones otorgadas por los organismos municipales y provinciales para la realización de eventos de participación masiva”, ordena el artículo 1 de la resolución.

En tanto sobre las excepciones en el artículo 2 señala: “Exceptuar de la prohibición dispuesta en el artículo anterior a la práctica de actividades religiosas (misas, cultos, reuniones, etcétera) con concurrencia de hasta 40 personas, debiendo observar las mismas el protocolo vigente”.

El artículo 3 indica que también se exceptuara al funcionamiento de bares, pubs, restaurantes y similares, tanto para consumo en el lugar como en la modalidad delivery o take away, los que se encuentran habilitados de domingos a jueves en el horario de 8 a 00 del día siguiente; mientras que para los viernes y sábados el horario que se autoriza es de 8 a 3 del día siguiente. No obstante, en todos los casos, se encuentran prohibidos los bailes, pistas bailables o similares.

El artículo 4 por su parte, exceptúa de la prohibición dispuesta en el primer artìculo la realización de las siguientes actividades deportivas y recreativas todos los días de la semana:

a) Futbol de salón, paddle, tenis, gimnasios: desde las 7 hasta las 00.

b) Caminatas al aire libre y paseos en bicicleta: sin restricción horaria, respetando el distanciamiento social y el protocolo sanitario vigente.

“Exceptuar de la prohibición dispuesta en el artículo 1 la realización de reuniones familiares de hasta diez (10) personas”, señala el artículo 5.

Mientras que en el artículo 6 se autoriza el funcionamiento de los comercios con venta al público todos los días de la semana, en el horario de 7 a 22; y en artículo 7 se autoriza a la Dirección de Inspectoría General Municipal y a la Policía de la Provincia de Misiones a realizar inspecciones, labrar actas y disponer la inmediata clausura de los comercios o establecimientos que no cumplan con lo establecido en la resolución.

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