La Justicia de Corrientes rechazó este viernes el recurso presentado por el partido Ciudadanos a Gobernar para declarar la inconstitucionalidad de la Ley 27.610, de aborto legal, tras considerar “inadmisible” la acción.
El planteo presentado por Ciudadanos tenía por objeto la declaración de inconstitucionalidad de la Ley 27610, de Acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo, en el entendimiento de que esa inconstitucionalidad se daba en el origen mismo de la ley ya que la misma “fue producto de una sesión extraordinaria,(…) dictada en medio de la crisis sanitaria por pandemia COVID y la crisis económica en la que se halla sumergido el país (…)”.
Asimismo, se cuestionó la inexistencia de “fundamentación suficiente que acreditara un estado grave de necesidad en el tratamiento de la ley presentada por el Poder Ejecutivo”.
Se sostuvo también que la inconstitucionalidad se producía por la “falta de armonización con el ordenamiento jurídico argentino ya que todas las leyes que pretendan sancionarse deberán respetar los principios y normas receptados en ellos para no ser tachadas de inconstitucional y/o inconvencional”.
Finalmente, se señaló la violación del art. 19 de la C.N. y de los Tratados Internacionales de derechos humanos.
La causa ingresó como medida autosatisfactiva al Juzgado de Ejecución Tributaria bajo la caratula “PARTIDO CIUDADANOS A GOBERNAR- DISTRITO CORRIENTES C/ GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES Y MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA DE CORRIENTES S/ AMPARO” Expte. EXP 209906/21.
El juez Aquino Britos consideró que los presupuestos (o requisitos) necesarios de esa medida no se cumplían en el presente caso.
De esta manera, la Resolución Nº1/21 rechazó in limine por inadmisible la acción encauzada de amparo, iniciada por los apoderados del Partido Ciudadanos a Gobernar- Distrito Corrientes.