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Pensión por discapacidad y fallecimiento: ¿A quiénes corresponde?

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En su columna semanal en Misiones Cuatro, la abogada Mirta Kornuta se refirió a los beneficios de jubilaciones, pensiones por discapacidad y fallecimientos, entre otros.

Pensión por discapacidad y fallecimiento: ¿A quiénes corresponde?

POSADAS. La abogada Mirta Kornuta respondió las preguntas de los televidentes de Misiones Cuatro sobre diferentes temas, como pensiones por discapacidad o jubilaciones por fallecimiento, a quiénes les corresponde y a quiénes no.

Pensiones por fallecimientos ¿Cuántas se pueden tener?

En el caso de una mujer que quedó viuda por segunda vez y si le corresponde tramitar la pensión por fallecimiento de su esposo, la letrada explicó: “respecto a cuántos beneficios pueden tener, si hablamos en la parte del régimen de Anses que es nacional, sabemos que podemos tener un beneficio que es la jubilación, que es propio de uno, y el beneficio de la pensión del fallecimiento del cónyuge, que podemos llegar a tener hasta tres que no supere el máximo de haber en el Anses, explicó.

Asimismo, agregó: “en el régimen del IPS solamente se puede tener una jubilación y una pensión por fallecimiento, salvo que esta segunda pensión por fallecimiento sea de Anses”, precisó.

Mirá la columna de la abogada Mirta Kornuta

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