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Presentaron la “Ley de Transparencia en la Facturación de Servicios Públicos Esenciales”

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El interbloque Cambiemos de la Cámara de Senadores presentó este martes un proyecto de ley sobre facturación de servicios públicos esenciales que pretende eliminar los cargos provinciales y municipales en las boletas de tarifas de electricidad, gas y agua que llegan a los hogares de todo el país.

Presentaron la “Ley de Transparencia en la Facturación de Servicios Públicos Esenciales”

[vc_row][vc_column][vc_column_text]El interbloque Cambiemos de la Cámara de Senadores presentó este martes un proyecto de ley sobre facturación de servicios públicos esenciales que pretende eliminar los cargos provinciales y municipales en las boletas de tarifas de electricidad, gas y agua que llegan a los hogares de todo el país. [/vc_column_text][vc_single_image image=”170932″ img_size=”full” alignment=”center”][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_column_text]La iniciativa se llama “Ley de Transparencia en la Facturación de Servicios Públicos Esenciales”, tiene trece artículos e incluye sanciones a quienes incumplan con su articulado.

El proyecto fue presentado esta tarde con las firmas de los senadores Esteban Bullrich (Buenos Aires), Humberto Schiavoni (Misiones) y Silvia Elías de Pérez (Tucumán).

El punto central de la iniciativa es el artículo seis, que establece que “las facturas de los servicios públicos esenciales” deberán “contener exclusivamente los cargos por el consumo realizado por el usuario, calculado según el cuadro tarifario vigente al momento de la facturación, más los cargos por mayor consumo y subsidios si correspondiere”, incluyendo IVA e Ingresos Brutos “si correspondiere” también.

El artículo siete, en tanto, exige que “no se podrá incorporar a la facturación cualquier otro cargo, tasa o concepto ajeno a los expresados” en el párrafo anterior.

Además, para asegurar que el contribuyente pague sólo por lo que consume, el artículo octavo señala que “el usuario podrá hacer uso del derecho de pagar sólo el monto que totalicen los conceptos previstos en el artículo seis, imputándose válido el pago del servicio público en cuestión”.

Las sanciones ante el incumplimiento de la ley irán en forma creciente en el siguiente orden: apercibimiento, multa equivalente a multiplicar en 10 a 10 mil veces el monto facturado indebidamente o la pérdida de concesiones, privilegios, regímenes impositivos o crediticios especiales de que gozare.

Además de invitar a las provincias, incluyendo a sus municipios, y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la ley, el proyecto al que tuvo acceso la agencia de noticias Télam subraya que el objeto “es garantizar el derecho constitucional de los usuarios y consumidores a recibir una información adecuada, veraz y precisa relativa al consumo de los servicios públicos esenciales”.

Además, se busca evitar “distorsiones en la información el monto a abonar, producidos por conceptos ajenos a la prestación del servicio o improcedentes de ser incorporados en dicha factura”.

Más allá de la adhesión provincial, la iniciativa aclara que se trata de una ley de “carácter público nacional, siendo sus normas de carácter federal”.

Entre los sujetos obligados, el proyecto menciona a “los responsables de la facturación para el cobro de prestaciones de servicios públicos de energía eléctrica, gas y agua, sean estos entes públicos o privados, independientemente de la figura jurídica que posean y el alcance territorial de la prestación del servicios”.

Finalmente, la autoridad de aplicación, o sea el Poder Ejecutivo Nacional, deberá notificar a los “sujetos obligados dentro de los veinte días posteriores a su promulgación”.[/vc_column_text][vc_facebook type=”button_count”][vc_tweetmeme][vc_column_text]


Télam / vm.

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