La reciente autorización para que los comercios exhiban precios en dólares en sus vidrieras tiene importantes implicancias fiscales tanto para los consumidores como para los comerciantes. A partir de la Resolución 4/2025 de la Secretaría de Industria y Comercio, los precios de productos y servicios podrán ser presentados en pesos o en moneda extranjera, pero los impuestos deberán seguir liquidándose en pesos.
¿Cómo afecta a los consumidores?
Para los consumidores, la exhibición de precios en dólares simplifica la operatoria, ya que no será necesario realizar conversiones en el momento de la compra. Sin embargo, el proceso se complica cuando se trata de los impuestos, ya que estos deben ser transformados a pesos utilizando el tipo de cambio del día anterior a la operación. Esta medida hace más difícil la fiscalización por parte de la Agencia de Recaudación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (ARCA), especialmente en comercios pequeños que no cuentan con la estructura administrativa para hacerlo.
¿Cómo impacta a los comercios?
Para los comercios, la normativa implica un desafío a la hora de determinar los tributos, ya que deberán convertir cada operación a pesos al tipo de cambio del día anterior. Sin embargo, este cambio es más sencillo para las grandes empresas, que suelen tener un sistema de facturación más robusto. Además, los comercios podrán elegir el tipo de cambio que consideren adecuado para la conversión a dólares, ya sea el oficial, el MEP, el contado con liquidación o incluso el dólar blue, lo cual podría traer ventajas fiscales si el tipo de cambio libre es más alto que el oficial.
Implicancias para la fiscalización
A pesar de que la nueva normativa permite a los vendedores seleccionar el tipo de cambio para realizar las conversiones, ARCA ya ha establecido que no hay limitaciones para utilizar el tipo de cambio oficial en las facturas, lo que podría generar ventajas fiscales en períodos de brecha cambiaria. Esta medida permitirá a los vendedores cobrar en dólares y luego convertir el monto a pesos utilizando el tipo de cambio oficial, lo cual podría beneficiar a aquellos que operan en el mercado cambiario paralelo.
Lo que deben saber los consumidores y comercios
Los consumidores deben estar atentos al tipo de cambio utilizado por los comercios, ya que en algunos casos podría haber una diferencia entre el valor de venta y el tipo de cambio utilizado para los impuestos. En tanto, los comercios deberán garantizar que la conversión de precios y el cálculo de los impuestos se realicen correctamente para evitar problemas con la fiscalización.
La posibilidad de pagar en dólares con tarjeta de débito y QR también simplifica las transacciones, pero tanto consumidores como comerciantes deberán tener en cuenta las implicancias fiscales y las complejidades de la nueva normativa. La fecha de vigencia para los cambios es el 18 de enero de 2025, con una obligación de discriminar el IVA e impuestos nacionales indirectos en las facturas a partir del 1 de abril de 2025.