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El lado B del Puente: la ilegalidad y el contrabando

Todos saben que pasa, pero no pasa nada hasta que se hace público. Desde hace años. Ni siquiera hace falta investigar los procedimientos de controles en la Aduana, basta con observar los alrededores del puente y otros puntos clave de la ciudad donde abunda el contrabando recién llegado del Paraguay. “Recién salido del horno”.

[vc_row][vc_column][vc_single_image image=”153157″ img_size=”medium” alignment=”center” title=”Imagen ilustrativa”][vc_column_text]Todos saben que pasa, pero no pasa nada hasta que se hace público. Desde hace años. Ni siquiera hace falta investigar los procedimientos de controles en la Aduana, basta con observar los alrededores del puente y otros puntos clave de la ciudad donde abunda el contrabando recién llegado del Paraguay. “Recién salido del horno”.

¿Para quién existe la Ley? ¿Solo para los argentinos? Los únicos que padecen el rigor de las leyes vigentes, son los ciudadanos argentinos que deben peregrinar varias horas para hacer unas compras en Encarnación, porque el mundo de la ilegalidad sigue al mando de la frontera.

La reciente agresión de un grupo de paseros paraguayos a los prefecturianos que realizan controles, puso de manifiesto que aún existe una zona de frontera sin reglas claras, o al menos sin el cumplimiento de la Ley, porque las reglas son claras, pero para los que están en la ilegalidad.

El año pasado se aplicó en algunos casos la Ley y derivó por ejemplo en las detenciones de los aduaneros implicados en “asociación ilícita” por contrabando de mercaderías y connivencia con paraguayos para ingresar mercadería de forma ilegal al país.

También se esbozó una idea de intensificar los controles migratorios que en la expulsión de paseros paraguayos y hasta prohibieron su entrada al país. En total, se informó que fueron unas 80 personas a las que se aplicó la restricción

En aquel momento hubo mucho malestar de ciudadanos paraguayos por trabas para ingresar a argentina y hasta denunciaron “discriminación” ante las autoridades de la frontera.

Esto ocurrió a raíz del Decreto 70/2017 que firmó el presidente Mauricio Macri que modificó la Ley de Migraciones:

La nueva norma (Art. 29) establece que no podrán ingresar las personas que presenten documentación falsa u omitan informar sobre sus antecedentes penales; los que cumplan condena o tengan antecedentes –tanto en Argentina como el exterior- “por delitos que merezcan según las leyes argentinas penas privativas de libertad” o “delitos de tráfico de armas, de personas, de estupefacientes, de órganos o tejidos, o por lavado de dinero o inversiones en actividades ilícitas”.

Tampoco podrán ingresar al país quienes estuvieron involucrados en actos de terrorismo, crímenes de guerra, de lesa humanidad o promuevan la prostitución.  Los extranjeros que no tengan los medios económicos tendrán derecho a un abogado gratuito

Además, las mismas causas podrán ser utilizadas para cancelar las residencias que se hubiesen otorgado “cualquiera fuese su antigüedad”. Es por eso que la Justicia ahora deberá notificar a Migraciones sobre “todo auto de procesamiento firme, cierre de la investigación preparatoria o acto procesal equiparable y de toda condena por delito penal dictada contra un extranjero, en el plazo de 5 días hábiles de producido”.

La expulsión del país por cometer o participar en un delito “doloso” también implica una prohibición de reingreso por un mínimo de 8 años y puede llegar a ser permanente, según el caso.

En aquel momento el cónsul de Paraguay en Posadas, Heriberto Tomás Fernández Gamarra, señaló que sus conciudadanos involucrados en las medidas migratorias de Argentina, era “personas en flagrancia” que fueron encuadrados en “restricciones o expulsiones por cinco años”.[/vc_column_text][vc_column_text][bctt tweet=”El lado B del Puente: la ilegalidad y el contrabando” username=”misionescuatro”]

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xp

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