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Condenaron a Dani Alves a 4 años y 6 meses de prisión

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La sentencia considera que ha quedado acreditado que la víctima no consintió las relaciones y que existen elementos de prueba, además del testimonio de la denunciante.

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Condenaron a Dani Alves a 4 años y 6 meses de prisión

La Audiencia Provincial de Barcelona condenó al futbolista brasileño Dani Alves a 4 años y 6 meses de cárcel por la violación a una joven en la discoteca Sutton de Barcelona la madrugada del 31 de diciembre de 2022. El tribunal considera acreditado que la víctima no consintió las relaciones y que existen elementos de prueba, además del testimonio de la denunciante, para entender probada la violación y, por tanto, la comisión del delito de agresión sexual.

Además de la pena de prisión, la Audiencia condena a Alves a 5 años de libertad vigilada tras su salida de la cárcel, también a indemnizar a la víctima con 150.000 euros por el daño moral y las lesiones sufridas y a una multa total de 9.000 euros por un delito leve de lesiones.

También le impiden comunicarse con la denunciante por cualquier medio y acercarse a ella a menos de 1.000 metros, según informa el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJCat).

 “El tribunal considera probado que “el acusado cogió bruscamente a la denunciante, la tiró al suelo y evitando que pudiera moverse la penetró vaginalmente, pese a que la denunciante decía que no, que se quería ir” del baño privado de la discoteca Sutton donde ocurrieron los hechos, señaló el tribunal en su sentencia.

Y entiende que “con ello se cumple el tipo de ausencia de consentimiento, con uso de la violencia, y con acceso carnal”.

Sobre la declaración de la denunciante, el tribunal, dijo que “ha alcanzado la convicción sobre los hechos al haber valorado positivamente la declaración testifical en el acto del juicio oral de la víctima, conjuntamente con otras pruebas que corroboran su relato”.

Los magistrados consideran que, en el núcleo esencial de su declaración, la víctima ha sido “coherente y especialmente persistente, no sólo a lo largo de la instrucción de la causa, sino también en el plenario sin que se evidenciase en el interrogatorio la concurrencia de contradicción relevante en relación a lo previamente declarado por ella en instrucción”.

En la resolución, los magistrados apuntan a varias “corroboraciones periféricas que apuntalan la versión de la denunciante”

Entre ellas, mencionan la existencia de lesiones en la rodilla de la víctima, su estado de ansiedad inmediatamente después de los hechos y la existencia de secuelas en la joven.

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