Economía

Comenzó a regir el Registro de Contratos de Locación de Inmuebles de la AFIP

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Entró en vigencia el Registro de Contratos de Locación de Inmuebles (RELI) para declarar, consultar, modificar, renovar o dar de baja contratos de alquileres dentro del país.

Comenzó a regir el Registro de Contratos de Locación de Inmuebles de la AFIP

BUENOS AIRES. Desde este lunes, los propietarios tendrán que comenzar a registrar los contratos de alquiler de bienes inmuebles urbanos y rurales, locaciones temporarias y de espacios o superficies fijas o móviles efectuados a partir del 1 de julio de 2020 y que continúen vigentes.

Dichos contratos de locación o arrendamiento deberán ser registrados ante la AFIP dentro de los 15 días corridos posteriores a su celebración, aunque los celebrados desde el 1 de julio del año pasado y que continúen vigentes, y los que se realicen entre el 1 y el 31 de marzo de este año podrán ser registrados hasta el 15 de abril.

En ese sentido, los locadores deben registrar los contratos de locación de inmuebles urbanos, sublocaciones, los arrendamientos sobre bienes inmuebles rurales, subarriendos, las locaciones temporarias de inmuebles con fines turísticos, de descanso o afines y las locaciones de espacios o superficies fijas o móviles como locales comerciales, stands, ferias.

Quedando exentos de esta ley la administración pública, cuando en los contratos celebrados las partes sean exclusivamente el Estado nacional o los provinciales, el gobierno de la CABA, los municipios y sus respectivas reparticiones, entes centralizados y descentralizados.

Asimismo, los locatarios o arrendatarios no están obligados a registrarse en el RELI, pero podrán informar de forma voluntaria un contrato si el locador no lo hubiera hecho. A su vez la medida contempla la posibilidad de que los intermediarios (corredores, inmobiliarias y escribanos) registren un contrato en representación de sus clientes.

Cabe aclarar que para registrar tales contratos se debe acceder al sitio web de la AFIP con clave fiscal, al servicio “Registro de Locaciones de Inmuebles – RELI – Contribuyente”. El propietario, con clave fiscal de seguridad nivel 3, debe completar una serie de datos mínimos respecto del contrato y adjuntar el contrato celebrado en formato JPG o PDF.

Además, una vez que se realiza esta operación hay un acuse de recibo y un código verificador de la registración del contrato, en caso de no hacerlo se considera un incumplimiento a deberes formales y le cabe las multas previstas en la ley de procedimiento fiscal.

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