[vc_row][vc_column][vc_single_image image=”97133″ img_size=”medium” alignment=”center”][vc_column_text]La Sociedad Argentina de Escritores filial Misiones realiza una convocatoria de caracter solidario a todos los escritores misioneros, que consiste en enviar textos propios a la plataforma para invidentes de Tiflolibros, la biblioteca para ciegos en internet en español, “a pedido de sus usuarios, ya que prácticamente no hay autores de la Provincia en este sitio y las personas con esta discapacidad visual nos quieren conocer”, contó el presidente de la Sadem, Anibal Silvero.
Se trata de una gestión que había comenzado el año pasado el abogado invidente Carlos Almada, encargado de la Biblioteca Municipal para ciegos de Posadas, y a pedido exclusivo de los directivos del sitio web, quienes hace tiempo tienen la inquietud de contar con obras de autores misioneros. El contacto en Buenos Aires fue realizado por la escritora Karin Pires hace unos meses atrás, y actualmente la Sadem difunde la iniciativa para que los autores de la región participen, si así lo desean.
Silvero explicó que “se trata de aquellos textos que a los escritores nos parezca interesante compartir, y además que tengamos la generosidad de hacerlo, ya que va a estar a disposición gratuita de todo invidente que tenga acceso al sistema para ser escuchado”.
“En esta plataforma prácticamente no hay autores misioneros, de modo que el aporte que se hará desde la Provincia va a nutrir el sitio de letras de la región, material que será leído por el sistema de texto a voz, por sus cientos de usuarios de diferentes países del planeta”, señaló.
Envío de obras
El autor debe estar de acuerdo en ceder su obra para la inclusión en el portal y para ser leído exclusivamente por los usuarios invidentes de la plataforma (el sistema no permite que otras personas puedan tener acceso al material), teniendo presente la normativa nacional e internacional vigente, sobre excepciones del pago de los derechos de autor para personas con discapacidad visual. Las obras (que pueden ser libros de poesías, cuentos, novelas, ensayos, artículos, o el material literario que se quiera solidariamente compartir) se deben enviar a los siguientes correos electrónicos: tiflolibros@tiflolibros.com.ar con copia a: instituciones@tiflolibros.com.ar. Los archivos pueden ser en formato RTF o PDF. También se aceptan en formato comprimido en winrar o winzip y a través de Dropbox. Para el caso de los escritores de la región, podrían hacer alusión a la procedencia -Misiones- para su posterior catalogación.
La plataforma
La lista de correo Tiflolibros surgió a fines del año 1999. Si bien comenzó como un grupo de amigos hoy es un desarrollo a nivel internacional que reúne personas de todas las latitudes.
Tiflolibros es actualmente la primera biblioteca digital para ciegos y deficientes visuales de habla hispana. Los pilares de su funcionamiento son la lista de correo, que versa fundamentalmente sobre temas de literatura y que es la herramienta que propicia el intercambio y aporte de libros digitales, y la página donde, además de la biblioteca se reúnen textos escritos por miembros de Tiflolibros, enlaces de interés, una sala de audio y otros tantos proyectos comunes.
El objetivo de Tiflolibros fue desde sus comienzos el de formar una biblioteca de textos en soporte informático. Se creó la lista de correo para poder intercambiar la información acerca de los libros que cada uno había digitalizado para acceder a su lectura, y ahorrar el tiempo y esfuerzo que implica el escaneo y corrección, además de compartir experiencias y vivencias comunes.
El proyecto fue creciendo día a día gracias al aporte de cada uno de sus miembros. Y así se fueron generando nuevas ideas y ampliando los horizontes.
En la actualidad cuenta con una biblioteca con más de 5.000 libros en formato digital de uso exclusivo para personas que por su discapacidad o condición no puedan acceder a la lectura mediante el sistema convencional. El acceso a la misma es restringido. Sólo pueden acceder quienes tengan nombre de usuario y contraseña, que se entrega oportunamente al recibir los datos requeridos para sumarse al grupo (nombre, edad, lugar de residencia, tipo de discapacidad, comprobante de la deficiencia y adaptaciones que utiliza para el uso de la PC).
En agosto 2002, se ha consolidado Tiflonexos, asociación civil sin fines de lucro, dentro de la cual funciona la Biblioteca Tiflolibros.
Finalmente, es importante destacar que desde hace unos meses el Grupo Editorial Planeta, como así también el Fondo de Cultura Económica, la editorial Alfaguara Argentina, Editorial Sudamericana, y ediciones edebé brindan su apoyo cediendo sus libros en formato digital. Para proteger los textos el Sr. André Duré (programador de computadoras, ciego, integrante del grupo) desarrolló un software llamado Tiflolector. Este software consiste en un visualizador de textos exclusivo para ciegos que no permite copiar, cortar o imprimir ninguna parte del texto. El Tiflolector trabaja con archivos encriptados con extensión tfl, que son presentados en pantalla con un color de fuente y de fondo idénticos, lo que los hace inaccesibles para un lector vidente pero totalmente legibles con un programa lector de pantalla como el que usan las personas ciegas para el manejo de la computadora.
Tiflonexos, con el “Proyecto Libros Escolares el Primer Día de Clases” resultó ganador del Premio Internacional de Excelencia en la Edición accesible (“ABC International Excellence Award for Accessible Publishing”) otorgado por ABC, el Consorcio de libros accesibles.
El premio, entregado recientemente en la Feria del Libro de Londres, coincide con el Día Nacional de la Accesibilidad, en el que se conmemora la sanción de la Ley 24.314 que reconoce el derecho a un entorno inclusivo.
Ley de Derecho de Autor referida a los ciegos
La Sadem difunde el texto de la Ley, que contempla esta convocatoria:
15 de septiembre de 2007. Rige desde hoy, LA LEY 26285, que modifica la Ley de Propiedad Intelectual en su Art. 36, publicada en el Boletín Oficial (B.O. nº 31238)
Ley vigente sobre Propiedad Intelectual referida a los ciegos Se incorpora al cuerpo de la Ley 11.723 la exención de pago de derechos de autor a los materiales artísticos o científicos destinados a lectores ciegos o con dificultades perceptivas. Esta modificación beneficia la producción y circulación de material de lectura disponible para personas ciegas, y alcanza las obras en sistema braille, audio y soporte informático.
ARTICULO 1°.- Incorpórase a la Ley N° 11.723, artículo 36 in fine, el parágrafo siguiente:
Se exime del pago de derechos de autor la reproducción y distribución de obras científicas o literarias en sistemas especiales para ciegos y personas con otras discapacidades perceptivas, siempre que la reproducción y distribución sean hechas por entidades autorizadas.
Esta exención rige también para las obras que se distribuyan por vía electrónica, encriptadas o protegidas por cualquier otro sistema que impida su lectura a personas no habilitadas. Las entidades autorizadas asignarán y administrarán las claves de acceso a las obras protegidas.
No se aplicará la exención a la reproducción y distribución de obras que se hubieren editado originalmente en sistemas especiales para personas con discapacidades visuales o perceptivas, y que se hallen comercialmente disponibles.
A los fines de este artículo se considera que:
– Discapacidades perceptivas significa: discapacidad visual severa, ambliopía, dislexia o todo otro impedimento físico o neurológico que afecte la visión, manipulación o comprensión de textos impresos en forma convencional.
– Encriptadas significa: cifradas, de modo que no puedan ser leídas por personas que carezcan de una clave de acceso. El uso de esta protección, u otra similar, es considerado esencial a fin de la presente exención, dado que la difusión no protegida podría causar perjuicio injustificado a los intereses legítimos del autor, o ir en detrimento de la explotación normal de las obras.
– Entidad autorizada significa: un organismo estatal o asociación sin fines de lucro con personería jurídica, cuya misión primaria sea asistir a ciegos o personas con otras discapacidades perceptivas.
– Obras científicas significa: tratados, textos, libros de divulgación, artículos de revistas especializadas, y todo material relativo a la ciencia o la tecnología en sus diversas ramas.
– Obras literarias significa: poesía, cuento, novela, filosofía, historia, ensayos, enciclopedias, diccionarios, textos y todos aquellos escritos en los cuales forma y fondo se combinen para expresar conocimientos e ideas de interés universal o nacional.
– Personas no habilitadas significa: que no son ciegas ni tienen otras discapacidades perceptivas.
– Sistemas especiales significa: Braille, textos digitales y grabaciones de audio, siempre que estén destinados exclusivamente a las personas a que se refiere el párrafo anterior.
– Soporte físico significa: todo elemento tangible que almacene voz en registro magnetofónico o digital, o textos digitales; por ejemplo, cassettes, discos compactos (CD), discos digitales versátiles (DVD) o memorias USB.
Las obras reproducidas y distribuidas en sistemas especiales deberán consignar: los datos de la entidad autorizada, la fecha de la publicación original y el nombre de la persona física o jurídica a la cual pertenezcan los derechos de autor. Asimismo, advertirán que el uso indebido de estas reproducciones será reprimido con pena de prisión, conforme el artículo 172 del Código Penal.
ARTICULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_facebook type=”button_count”][vc_tweetmeme][vc_column_text]vm.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row]