Mediante el Decreto 106/2023, publicado el viernes 29 de diciembre en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo determinó las fechas “con fines turísticos” del próximo año.
De acuerdo con la Ley N° 27.399, el documento aclara que “los feriados nacionales trasladables cuyas fechas coincidan con los días martes y miércoles serán trasladados al día lunes anterior y los que coincidan con los días jueves y viernes, al día lunes siguiente”.
El calendario de feriados y días no laborables de 2024, que estará organizado de la siguiente manera:
Feriados inamovibles
Lunes 1 de enero: Año nuevo
Lunes 12 y martes 13 de febrero: Carnaval
Domingo 24 de marzo: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia
Viernes 29 de marzo: Viernes Santo
Martes 2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas
Miércoles 1 de mayo: Día del trabajo
Sábado 25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo
Jueves 20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Manuel Belgrano
Martes 9 de julio: Día de la Independencia
Domingo 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María
Miércoles 25 de diciembre: Navidad
Feriados trasladables
Lunes 17 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes
Sábado 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín
Sábado 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural
Miércoles 20 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional