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Una jueza declaró inconstitucional el aborto legal en San Luis

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Luego de la presentación realizada por la exsenadora peronista Liliana Negre, la jueza María Eugenia Bona hizo lugar al pedido.

Una jueza declaró inconstitucional el aborto legal en San Luis
La medida fue impulsada por la ex senadora Liliana Negre

SAN LUIS. A tres meses de que el senado convirtiera en ley la Interrupción Voluntaria del Embarazo una jueza de esa provincia declaró inconstitucional el aborto legal, al dictaminar a favor de una presentación realizada por la exsenadora nacional, Liliana Negre, contra el gobierno de esa provincia por el cumplimiento de las leyes en el distrito.

El viernes 19 de marzo la jueza laboral María Eugenia Bona, declaró la plena vigencia del artículo 19 del Código Civil y Comercial, donde reconoce la existencia de la persona humana desde la concepción, y la inconstitucionalidad y la inconvencionalidad de los artículos 4 apartado 1 y 2, y apartados a, b y c, de la ley nacional 27.610 que autoriza la interrupción voluntaria del embarazo.

La exsenadora por el peronismo y quien se opuso a la legalización del aborto, había presentado una apelación declarativa de certeza para que “cese el estado de incertidumbre en el ámbito provincial” que ocasiona la “contradicción” entre dos artículos de la ley del aborto legal, y el artículo 19 de Código Civil y Comercial.

Negre pidió que se prohíba en San Luis la práctica quirúrgica, clínica o medicamentosa del aborto, salvo en las causales contempladas en los incisos a (embarazo resultado de una violación) y b (peligro la vida o la salud integral de la persona gestante) del artículo 4 de la Ley 27.610.

De esta manera, la jueza Bona no hizo lugar al pedido sobre el inciso “d” del artículo 2, entendiendo que se trata de “medidas preventivas y de educación sexual que no violentan derechos constitucionales, ni afectan al artículo 19 del Código Civil y Comercial”.

En tanto, la Fiscalía de Estado respondió en el marco de las actuaciones que la Corte Suprema de Justicia es el órgano competente para analizar la “desarmonía” en el ordenamiento legal que alegó la legisladora.

Asimismo, desde la fiscalía señalaron que la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo es “referida a la salud pública y se dicta dentro del marco de los compromisos del Estado argentino en esta materia y derechos humanos de las mujeres” y que es “una ley de orden público y de aplicación obligatoria” en todo el territorio argentino.

No obstante, según detalló la magistrada, será la Corte quien deberá dar la resolución definitiva al respecto.

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