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Chaco: condenan a abusador sexual infantil, tras 25 años de su delito

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La justicia chaqueña sentenció a 17 años de prisión a Miguel Ángel Frutos “por abuso sexual gravemente ultrajante con acceso carnal agravado doblemente por el vínculo” a una menor entre 1992 y 1995, en el primer fallo provincial que aplica la Ley 27.206 “de respeto a los tiempos de las víctimas”.

Chaco: condenan a abusador sexual infantil, tras 25 años de su delito

[vc_row][vc_column][vc_column_text]La justicia chaqueña sentenció a 17 años de prisión a Miguel Ángel Frutos “por abuso sexual gravemente ultrajante con acceso carnal agravado doblemente por el vínculo” a una menor entre 1992 y 1995, en el primer fallo provincial que aplica la Ley 27.206 “de respeto a los tiempos de las víctimas”.[/vc_column_text][vc_single_image image=”245927″ img_size=”full” alignment=”center”][vc_column_text]Victoria, el seudónimo con el que se conoce a la víctima, denunció a Frutos 25 años después de cometido el abuso, hecho por el que la mujer es considerada sobreviviente de Abuso Sexual en la Infancia (ASI).

En declaraciones exclusivas a Télam, la víctima comentó hoy su parecer luego de difundirse el fallo del 18 de junio: “Cuando me creyó el fiscal y llevó mi caso a juicio sentí un beso de la justicia a la infancia y el abrazo contenedor de la lucha de todas las sobrevivientes”.

Y agregó que “en particular sentí el abrazo a mi propia niña que pedía ayuda desconsoladamente”.

La Ley de Respeto al Tiempo de las Víctimas, sancionada en 2015, amplió los plazos de prescripción para los delitos contra la integridad sexual y de trata cuando la víctima fuera menor de edad, “independientemente del tiempo transcurrido entre el delito y la denuncia”.

Victoria, hoy de 32 años, denunció a la entonces pareja de su madre, quien abusó de ella entre los seis y nueve años.

“Victoria logró poner en palabras el horror que sufrió recién cumplidos los 11 años, cuando le contó a sus hermanos adolescentes y a su madre lo ocurrido. Pero en los años 90 nada se podía hacer: su hermano adolescente intentó efectuar la denuncia y en la comisaría le dijeron que ya había pasado mucho tiempo”, explica el fallo de la causa, al que accedió Télam.

La mujer dijo en su declaración que “cuando entraba en crisis había una gran tensión en su familia, porque tenía conductas muy agresivas”.

“En séptimo grado pude contar algo a mis hermanos y a mi mamá, después no se habló más del tema. El silencio era como una complicidad, no se hablaba pero se sabía. Mi mamá no estaba porque trabajaba todo el día, yo no le quería decir y a mi papá tampoco porque lo podía matar. Caí en una crisis muy profunda, me quise suicidar”, dice el texto judicial.

El abogado de la querella, Leandro Ramírez, explicó a esta agencia que “este tipo de crímenes son cometidos sin la presencia de testigos, y hay un pacto de silencio que es característico”.

“El niño siente la responsabilidad de las consecuencias que traen aparejados estos hechos, no puede procesar lo que ocurre, no entiende muy bien. Eso genera un trauma que lleva al silencio, y cuando crece y encuentra las herramientas para romper ese silencio, ya es tarde para la justicia”, explicó.

Victoria identificó a su agresor en las redes sociales, donde se mostraba con una nueva pareja y una nena de unos cinco años en brazos.

“Lo encontré a través del padrón electoral, lo esperé en la mesa de votación y apareció con su familia cuando ya me había retirado. Mis compañeros le sacaron una foto y me la enviaron, ni bien lo vi lo reconocí”, dijo la mujer ante la justicia.

Una vez emitida la orden de captura, la víctima y su abogado explicaron que se “encargaron de buscar al criminal, ya que Investigaciones Complejas no aportaba datos al caso”.

“Fue la víctima quien dio con el paradero del delincuente y notificó a la fiscalía”, especifica el fallo de la jueza Lucía Ester Martínez Casas.

Posteriormente se resolvió la prisión preventiva del acusado porque se consideró que podía haber riesgo de fuga, y la causa se elevó a juicio.

Finalmente, la jueza Martínez Casas lo sentenció a 17 años de “prisión de cumplimiento efectivo y accesorias legales”.

“Nadie razonablemente puede poner en duda que Frutos tuvo conocimiento de las tremendas acciones que concretó y conociendo la prohibición, direccionó su obrar para obtener el objetivo que perseguía. Actuó con dolo directo y sabía lo que hacía”, aseguró el fallo de la justicia chaqueña.[/vc_column_text][vc_facebook type=”button_count”][vc_tweetmeme][/vc_column][/vc_row]

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