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Fiscal Di Lello pide revocar el fallo de las boletas sueltas

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El fiscal federal con competencia electoral Jorge Di Lello consideró que debe dejarse sin efecto la 5112/19 de la jueza federal de Posadas, María Verónica Skanata, que a pedido del Frente Renovador de la Concordia Social, obliga a todos los frentes nacionales que compiten con boletas completas, imprimir y presentar boletas presidenciales sueltas.

Fiscal Di Lello pide revocar el fallo de las boletas sueltas

CAPITAL FEDERAL. El Frente Renovador de la Concordia Social sufrió un duro revés judicial con el dictamen del fiscal federal con competencia electoral, Jorge Di Lello, que pidió a la Cámara Nacional Electoral dejarse sin efecto la Resolución 5112/19 de la jueza federal de Posadas, María Verónica Skanata, que avaló el pedido del partido “misionerista” para que todos los frentes electorales con boleta completa –es decir, con candidatos a diputados y a presidente-, impriman y presenten boletas presidenciales sueltas, separadas de las boletas a diputados nacionales.

Como es de público conocimiento, la Renovación decidió presentarse a las elecciones de Agosto y Octubre, con lo que llaman “boleta inteligente”, es decir, sólo candidatos a Diputados Nacionales “sin llevar adherida la categoría presidencial”. Sin embargo, por temor a quedar sepultados en una elección fuertemente polarizada frente a los espacios electorales que presentan boletas completas –en particular, el Frente de Todos y el Frente Juntos por el Cambio-, los renovadores pidieron a la jueza Skanata que ordene que todas las fuerzas presenten –además de las boletas completas-, una boleta corta sólo con las categorías presidenciales.

Esa jugada habilitaría un corte de boleta masivo, que, en los papeles, permitiría a la Renovación conservar el caudal electoral obtenido en las elecciones provinciales del 2 de Junio. La jueza Skanata avaló ese pedido a los fines del argumento renovador de “garantizar la transparencia, la igualdad y la equidad de los comicios” y evitar la confusión del elector, que podría elegir a candidatos a diputados nacionales automáticamente, al colocar una boleta completa de alguno de los frentes que presentan candidatos presidenciales.  

Atento a esto, se presentaron recursos de apelación interpuestos por los representantes de las agrupaciones Frente de Todos Distrital y orden nacional, Socialista y Juntos por el Cambio, del referido distrito, todos contra la resolución de Skanata. Ahora el Fiscal Di Lello argumentó a favor de las apelaciones, considerando que no cabe obligar a los otros Partidos o Frentes electorales que llevan candidatos a Presidente y Vicepresidente a presentar, además, otra boleta desvinculada de la categoría Diputados Nacionales.

La Fiscalía Federal expone que la Jueza consideró que el pedido formulado por el Frente Renovador de la Concordia “no pretende una ventaja por sobre el resto, sino todo lo contrario, se trata de introducir una opción más que no perjudica ni beneficia a ningún participante, no existiendo gravamen para ninguno de los oponentes”, y “porque entiendo facilitaría la emisión del sufragio al elector y de ningún modo atentaría en contra del interés de sus partidos, al contrario preservaría de nulidades eventuales, descartando la posibilidad de encimar categorías”.

Contra ella, expresaron su objeción los apoderados de la alianza distrital Frente de Todos, adhiriendo a ello los representantes del Frente en el orden nacional.

El argumento de Di Lello

Ante las apelaciones presentadas contra la resolución 5112/19, analizada la cuestión, la Fiscalía que encabeza Di Lello considera que corresponde hacer lugar a los recursos interpuestos por los fundamentos que expuso la jueza de Posadas.

En su resolución, la Fiscalía Federal sostiene que la decisión de la magistrada de “imponer” a las agrupaciones políticas que postulan precandidatos al binomio presidencial sus boletas por separado, “condiciona su participación, tornando estériles las estrategias políticas y/o los acuerdos de adhesión celebrados entre los partidos, todo ello, en pos de “equiparar” la situación generada por el accionante que no propone candidatos a ese cargo”.

“Pero por otra parte –prosigue la Fiscalía-, la duplicidad de boletas de una misma lista a precandidatos a Presidente y Vicepresidente de la Nación, en forma conjunta y separada, como método para disipar el “elemento adicional” de corte de boleta que -a criterio de la magistrada “complejiza el desarrollo de la elección”-, ante la eventualidad que un “gran número de electores de seguir optando por el partido accionante, debería cortar las boletas”, no hace más que mutar por este otro elemento, que sin sustento jurídico, despliega la proliferación de boletas electorales”, sostiene el dictámen de Di Lello.

En consecuencia, la Fiscalía entiende que corresponde que la Justicia de instancia superior revoque la resolución de Skanata.

El fallo completo de la Fiscalía Federal

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