Política

Empezó la veda electoral por el balotaje

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La misma tiene como finalidad conceder un espacio de reflexión a los votantes, luego de haber escuchado durante un período de tiempo los proyectos que proponen los candidatos.

Empezó la veda electoral por el balotaje

Desde las 8h de este viernes comenzó a regir la veda electoral de las elecciones presidenciales a segunda vuelta, que tendrá lugar este domingo 19 de noviembre, donde los argentinos irán a las urnas para elegir entre Sergio Massa o Javier Milei.

Cuáles son las prohibiciones de la veda electoral del balotaje 2023

El artículo 71 del Código Electoral Nacional establece las prohibiciones que rigen durante la veda electoral

Realizar actos públicos de proselitismo y publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales, desde 48 horas antes del comienzo del comicio y hasta el cierre del mismo.

Tener abiertas las casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas hasta transcurridas tres horas del cierre del comicio.

Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptores de votos, contados sobre la calzada, calle o camino.

Los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas y de toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral, durante su desarrollo y hasta pasadas 3 horas de ser clausurado, es decir, desde el domingo a las 8h hasta las 21h.

Está prohibido vender bebidas alcohólicas desde el sábado a las 20 hasta el domingo a las 21.

Por lo tanto, los consumidores no podrán comprar estas bebidas desde las 20 horas del sábado 18 de noviembre hasta las 21 horas del domingo.

También la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección, desde el sábado a las 20h y hasta las 21 del domingo (12 horas antes y 3 horas después de finalizada)

La apertura de organismos partidarios dentro de un radio de ochenta (80) metros del lugar en que se instalen mesas receptoras de votos.

También está prohibida la difusión de publicidad electoral, televisiva, radial, en internet y en medios gráficos.

Publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección durante la realización del comicio y hasta tres horas después de su cierre.

Además, los que violen el carácter secreto del voto se enfrentan a posibles condenas de hasta tres años.

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