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Juez federal de Salta habilitó la feria para tratar pedido de inconstitucionalidad de la ley del aborto

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La demanda considera que el proyecto de legalización aprobado por el Congreso va en contra del mandato constitucional de protección de la vida y el juez federal salteño, Miguel Medina, tratará el planteo.

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Juez federal de Salta habilitó la feria para tratar pedido de inconstitucionalidad de la ley del aborto

SALTA. La primera acción judicial contra la ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) que prosperó en el país se confirmó en Salta, una de las provincias donde la Iglesia Católica tiene más influencia política y social. El juzgado federal n° 2 de Salta, a cargo de Miguel Medina, habilitó la feria de enero para tratar un pedido de inconstitucionalidad de la ley de legalización del aborto aprobada esta semana en el Congreso.

Según detalló La Nación, el pedido fue recibido por el fiscal federal Ricardo Rafael Toranzos, quien pidió el tratamiento inmediato de la demanda.

Los planteos de los demandantes salteños

En la presentación, los denunciantes sostienen que el protocolo aprobado es “inconstitucional en tanto elimina el deber estatal de protección del derecho a la vida de un número indeterminado de niños por nacer en virtud de la ilegal ampliación de la inimputabilidad penal a casos no previstos en los supuestos de hecho contemplados en el art. 86, incisos 1° y 2° del Código Penal de la Nación”.

Los demandantes sostienen también que “el protocolo se posibilita que se realicen actos crueles e inhumanos prohibidos por el art. 18 de la Constitución Nacional, como ser matar a los embriones con el corazón ya latiendo y a los fetos totalmente formados dado que no se fija límite temporal alguno”.

Adelantamiento del parto o entrega en adopción durante la gestación

La presentación judicial avalada por la exsenadora del Partido Renovador María Fiore Viñuales junto a otros dirigentes, es una acción declarativa de inconstitucionalidad.

El texto critica que el protocolo no contemple “la posibilidad de realizar un procedimiento menos dañino, como, por ejemplo, el adelantamiento del parto o del ofrecimiento a la madre de la entrega posterior en adopción, con prohibición incluso de poder ofrecer de modo efectivo a la madre gestante, ya sea a través del Estado o Instituciones los medios alternativos necesarios para salvaguardar a las dos vidas”.

Lo que dice la ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo

Con la sanción de la ley, por primera vez desde que se sancionó el Código Penal en 1921 en la Argentina la práctica del aborto no será considerada delito hasta la semana 14 de gestación. La norma establece las condiciones en las cuales una mujer podrá llevar a cabo la interrupción voluntaria del embarazo hasta las 14 semanas de gestación. Sin necesidad de que medie causal alguna y sin costo. Es que el Programa Médico Obligatorio (PMO) del sistema de salud, incluyó la práctica a partir de la ley.

La primera de varias acciones judiciales contra la ley IVE

La de Salta es la primera de las acciones legales contra la ley IVE que prospera en el país. Pero podría haber muchas más. Especialmente en el norte del país, donde las provincias padecen de mayores índices de pobreza y pobreza estructural.

En tales territorios, como en Misiones, la Iglesia Católica y las iglesias evangélicas tienen un enorme peso político. Es que, en sociedades profundamente desiguales y con altos niveles de exclusión, las denuncias de las iglesias podrían hacer tambalear a los gobiernos de turno. De allí que las instituciones religiosas sean escuchadas con suma atención por los oficialismos del Norte del país.

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