Política

Proponen que las sucesiones no controvertidas se hagan de manera digital y por fuera de la Justicia

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La iniciativa presentada por el diputado Tetaz (JxC) busca simplificar el trámite, acortar plazos y reducir los costos. Tiene por objeto regular el Procedimiento Administrativo Sucesorio y la determinación de los herederos con la emisión de un certificado sucesorio extendido por el RENAPER.

Proponen que las sucesiones no controvertidas se hagan de manera digital y por fuera de la Justicia

BUENOS AIRES. Después de la sanción de la ley que eliminó la renovación del CUD (Certificado Único de Discapacidad) en discapacidades permanentes, el diputado nacional Martín Tetaz (Juntos por el Cambio) busca eliminar otro trámite incluido en la lista de los “más inútiles”, por lo que presentó un proyecto de ley para que las sucesiones, en donde no haya cuestiones contenciosas ni testamento, puedan realizarse vía una sede administrativa tanto de manera presencial como digital.    

Según informó el portal Parlamentario este miércoles, la iniciativa en cuestión propone la creación y regulación del Procedimiento Administrativo Sucesorio (PAS) en donde la determinación de los herederos se realice a través de la emisión de un certificado sucesorio extendido por el Registro Nacional de las Personas (RENAPER) suscripto por un funcionario público.

Este organismo deberá informar el mismo a través de una plataforma digital directa a los Registros de la Propiedad Inmueble, Automotor, Aeronaves y de Embarcaciones; las distintas jurisdicciones municipales, provinciales y nacionales; Administración Federal de Ingresos Públicos y con el Banco Central de la República Argentina, entre otros, para que los organismos puedan iniciar el cambio de titularidad de los bienes y cuentas bancarias.

“La sede administrativa o delegación que corresponda deberá notificar a la sede central del RENAPER el inicio del PAS en el plazo de tres (3) días hábiles y en la forma que determine la reglamentación de la presente”, establece el artículo 4.

“Hoy hay muchas propiedades a nombre de gente fallecida y cuentas de banco que quedan inmovilizadas”

Además, plantea que “durante los cuarenta y cinco (45) días corridos posteriores al inicio del PAS, el RENAPER y/o la sede o delegación administrativa interviniente procederá a verificar la identidad de los presentantes; certificar el fallecimiento del causante; ordenar la publicación por dos días hábiles de edictos en el Boletín Oficial, en un diario de mayor circulación del último domicilio del causante, y en el sitio institucional digital del RENAPER; verificar la titularidad de los bienes denunciados”.

“De esta manera garantizamos que se bajen los costos de las sucesiones, que se simplifiquen los trámites, se acorten los plazos y que efectivamente los cambios de titularidad se realicen. Hoy hay muchas propiedades a nombre de gente fallecida y cuentas de banco que quedan inmovilizadas con dinero que los herederos no pueden utilizar, por ejemplo. Esto se tiene que terminar”, aseguró Tetaz.

El proyecto de ley contó con el acompañamiento de la firma de los diputados Aníbal Tortoriello, Carlos Zapata, Francisco Sánchez, María Luján Rey, Gerardo Cipollini, Alejandro Finocchiaro, Paula Omodeo, Sabrina Ajmechet, Alejandro Cacace, Pablo Cervi.

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